TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS

Publicaciones oficiales sobre TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS

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MUSKETEERS PARTNERS, S.L.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, el socio único en ejercicio de las competencias de la Junta General Extraordinaria y Universal de "MUSKETEERS PARTNERS, S.L.", en el domicilio social el día 23 de diciembre de 2022, decidió la transformación de la sociedad en Sociedad Anónima, girando en lo sucesivo bajo la denominación "MUSKETEERS PARTNERS, S.A.".

GROWINGMED, SOCIEDAD COOPERATIVA VALENCIANA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que en Asamblea General y Universal del día 2 de enero de 2023, de Growingmed, Sociedad Cooperativa, se acordó por unanimidad, su transformación en Sociedad de Responsabilidad Limitada, pasando a denominarse Growingmed Substrats SL, aprobándose asimismo el balance de transformación.

ASTICKSO XXI, S.L.U.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que, en fecha 29 de diciembre de 2022, el socio único de Astickso XXI, Sociedad Limitada Unipersonal (la "Sociedad"), ejerciendo las funciones de la Junta General de Socios, aprobó la transformación de la citada sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad anónima adoptando la denominación de Astickso XXI Socimi, Sociedad Anónima Unipesonal, sobre la base del balance de situación cerrado a 31 de agosto de 2022, igualmente aprobado, así como la consiguiente modificación y refundición de sus estatutos sociales. Se hace constar expresamente que el acuerdo de transformación ha sido aprobado por el Socio Único de la Sociedad, cuyas participaciones sociales representan el cien por cien del capital social, por lo que no existe derecho de separación del mismo. Asimismo, se deja constancia de que no existen titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales.