REDUCCIÓN DE CAPITAL de PEQUEÑOS Y MEDIANOS ASTILLEROS SOCIEDAD DE RECONVERSIÓN, S.A.

REDUCCIÓN DE CAPITAL de PEQUEÑOS Y MEDIANOS ASTILLEROS SOCIEDAD DE RECONVERSIÓN, S.A. a fecha de 8 septiembre, 2022

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, en fecha 6 de septiembre de 2022, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, S.A. (Pymar) ha acordado reducir el capital social de la sociedad en la cifra de Seis Mil Diez Euros y Doce Céntimos de Euro (6.010,121042€).


Orden del día: 8 septiembre, 2022

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, en fecha 6 de septiembre de 2022, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, S.A. (Pymar) ha acordado reducir el capital social de la sociedad en la cifra de Seis Mil Diez Euros y Doce Céntimos de Euro (6.010,121042€).

Dicha reducción se llevará a cabo mediante la adquisición y amortización por la propia sociedad de dos (2) acciones, de un valor nominal de Tres Mil Cinco Euros y Seis Céntimos de Euro (3.005,060521€) cada una de ellas.

La finalidad de la reducción de capital es llevar a efecto lo previsto en el artículo 7 de los estatutos sociales de Pymar, que obliga a someter a la Junta General la adquisición para amortización de acciones cuya transmisión a un tercero haya sido previamente denegada por el Consejo de Administración de conformidad con lo previsto en el indicado artículo 7.

En consecuencia, el capital social de la Sociedad quedará fijado en Ciento Veintitrés Mil Doscientos Siete Euros y Cuarenta y Ocho Céntimos de Euro (123.207,48€) representado por Cuarenta y Una Acciones nominativas de Tres Mil Cinco Euros y Seis Céntimos de Euro (3.005,060521€) de valor nominal cada una de ellas, íntegramente suscritas y desembolsadas.

Conforme a lo previsto en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de Pymar cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos tendrán el derecho de oponerse a la reducción. Los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados no gozarán de este derecho. El derecho de oposición habrá de ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del referido acuerdo.

Madrid, 7 de septiembre de 2022.- El Secretario del Consejo de Administración, Don José Francisco Fernández Aparicio.



Datos oficiales de la REDUCCIÓN DE CAPITAL

PEQUEÑOS Y MEDIANOS ASTILLEROS SOCIEDAD DE RECONVERSIÓN, S.A.

"PEQUEÑOS Y MEDIANOS ASTILLEROS SOCIEDAD DE RECONVERSIÓN, S.A." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2022-5915 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2022-5915
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20220908
Fecha última actualizacion: 8 septiembre, 2022
Numero BORME 172
Seccion: 2
Departamento: REDUCCIÓN DE CAPITAL
Numero de anuncio: A220035241
ID del anuncio: A220035241
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 7142
Pagina final: 7142



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