REDUCCIÓN DE CAPITAL
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De conformidad con los artículos 319 y 324 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de TAKOPESCA, S.A. (la "Sociedad"), celebrada el 16 de mayo de 2023 en el domicilio social de la Sociedad, acordó por unanimidad ampliar y reducir el capital social con la finalidad de reestablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, permaneciendo el capital con el mismo importe, tras las operaciones de aumento y reducción del capital, con el mismo número de acciones. En virtud del artículo 335.a) de la LSC, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.
Según lo previsto en el artículo 319 de la ley de sociedades de capital se hace público que la Junta general universal de accionistas de LANGONELLA, SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante la sociedad) celebrada el día 18 de julio de 2023, adoptó por unanimidad el acuerdo de reducir el capital social, con la finalidad de la devolución de aportaciones a los socios, en un importe total de 64.854,67 euros mediante la amortización de 11.792 acciones de 5,499878 euros de valor nominal cada una. Asimismo se reintegrará un importe adicional con cargo a reservas como elemento conjunto e inseparable de las acciones amortizadas siendo de 88.877,35 euros en efectivo metálico y 137.042,44 euros mediante la entrega del inmueble sito en Barcelona calle Actor Morano, 1, esc B, bajos 1ª. Con motivo del acuerdo de reducción de capital de la sociedad, el nuevo capital social pasa a estar representado por 104.208 acciones, totalmente suscritas y desembolsadas de 5,499878 euros cada una de ellas, numeradas del número 1 al 16.471, 21.111 al 31.109, 36.111 al 81.600 y 83.753 al 116.000, todos ellos inclusive lo que representa un capital social total de 573.131,29 euros, totalmente suscrito y desembolsado, modificándose en consecuencia el artículo 7º de los estatutos sociales. La finalidad de la reducción de capital es la de devolución de aportaciones a los accionistas. Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los acreedores de la sociedad puedan formular su derecho de oposición a la citada reducción de capital en el plazo de un mes, en los términos previstos en el artículo 334 y 336 de la ley de sociedades de capital.
Reducción de capital social mediante amortización de acciones propias
De conformidad con lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la compañía ARS ALENDI, S.A. (la Sociedad), celebrada en fecha 7 de febrero de 2023, acordó, por unanimidad, una reducción del capital social por importe de 228.000 euros, mediante la amortización de 228 acciones propias en autocartera, de 1.000 euros de valor nominal cada una de ellas, con la finalidad de amortizar acciones propias que la Sociedad ostenta en régimen de autocartera, de conformidad con lo previsto en el artículo 146 de la LSC. Se hace constar que, por tratarse de una reducción de capital por amortización de acciones propias, no procede reembolso alguno a los accionistas.
A los efectos oportunos y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios, celebrada el día 25 de septiembre de 2023, acordó por unanimidad reducir el capital social, con la finalidad de la devolución de aportaciones a los socios, en un importe total de 48.060 euros, mediante la reducción del valor nominal de las acciones en la cifra de 26,70 euros, quedando por tanto un capital social de 60.120 euros, dividido en 1.800 acciones, de 33,40 euros de valor nominal cada una de ellas y modificándose en consecuencia el artículo 5º de los Estatutos Sociales.