REACTIVACIÓN DE EMPRESAS
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Conforme al artículo 370 de la Ley de Sociedad de Capital se hace constar que la Junta General Extraordinaria y Universal de GLOVAL PROCESOS CORPORACIÓN 2000, S.A., celebrada el día 15 de julio de 2021, acordó, por unanimidad, la reactivación de la sociedad por haber desaparecido la causa de disolución, no siendo el patrimonio contable inferior al capital y por no haber comenzado el pago de la cuota de la liquidación de los socios.
En cumplimiento de la LSC, se pone en conocimiento general que la Junta General Extraordinaria Universal de Sanz Pimar, S.A., en liquidación, celebrada en el domicilio social de Avda. Entrepinos, 16, (47130) Simancas, Valladolid, el día 1 de junio de 2021, ha acordado, por unanimidad los siguientes acuerdos que son objeto de publicación pudiendo los acreedores de la misma ejercer su derecho de oposición en el plazo de un mes desde el último anuncio (artículo 336 LSC):
Conforme con el artículo 370 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que la Junta General Universal y Extraordinaria de accionistas de Jualvi, Sociedad Anónima, celebrada el día 30 de diciembre de 2019, acordó, por unanimidad de todos sus accionistas, la reactivación de la sociedad, poniendo fin a su estado de disolución, reanudando su normal actividad social y retomando la vida activa.
Por acuerdo de la Junta General Extraordinaria de carácter Universal de socios de fecha 11 de mayo del año 2021, se acordó su reactivación, lo que se publica a efectos del derecho de oposición de acreedores.
Por acuerdo de la Junta General Extraordinaria de carácter Universal de socios de fecha 11 de mayo del año 2021, se acordó su reactivación, lo que se publica a efectos del derecho de oposición de acreedores.