FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de TALLERES Y CRISTALERIAS AMAR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) TALLERES AMTIMA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de TALLERES Y CRISTALERIAS AMAR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) TALLERES AMTIMA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 18 octubre, 2016

Anuncio de fusión por absorción.


Orden del día: 18 octubre, 2016

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME"), se hace público que las Juntas Generales de Socios de las Entidades Talleres y Cristalerías Amar, Sociedad Limitada(Sociedad Absorbente) y Talleres Amtima, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbida), reunidas, en ambos casos, con carácter extraordinario y universal, en ejercicio de las competencias que le son atribuidas, han adoptado en ambas sociedades, con fecha 1 de octubre de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Talleres Amtima, Sociedad Limitada, por parte de Talleres y Cristalerías Amar, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por parte de la sociedad absorbente.

Los acuerdos de fusión, conforme al proyecto común de fusión redactado por el Consejo de Administración de la sociedad absorbente y el Administrador Único de la sociedad absorbida, han sido adoptados, en cada una de las sociedades, en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Alcázar de San Juan, 1 de octubre de 2016.- La Presidenta del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente, María Teresa Manzanares Meco. El Administrador Único de la Sociedad Absorbida, Luis Miguel Manzanares Meco.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

TALLERES Y CRISTALERIAS AMAR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) TALLERES AMTIMA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"TALLERES Y CRISTALERIAS AMAR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) TALLERES AMTIMA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2016-9238 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2016-9238
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20161018
Fecha última actualizacion: 18 octubre, 2016
Numero BORME 199
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A160073821
ID del anuncio: A160073821
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 10715
Pagina final: 10715



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