FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de SERGAPE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MARGEN ROJO, S.L.U. AGROGANADERA CHARRA, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de SERGAPE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MARGEN ROJO, S.L.U. AGROGANADERA CHARRA, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS) a fecha de 29 noviembre, 2021

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009 de 3 de abril (LME), se hace público que las Juntas Generales de socios de SERGAPE, S.L.U., MARGEN ROJO, S.L.U., y AGROGANADERA CHARRA, S.L.U., en sus respectivas sesiones celebradas con carácter universal el día 15 de noviembre de 2021, adoptaron por unanimidad entre otros el acuerdo de fusión de las tres entidades mercantiles mediante la absorción por SERGAPE, S.L.U., de MARGEN ROJO, S.L.U., y AGROGANADERA CHARRA, S.L.U., con extinción por disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de todo su patrimonio social a favor de la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus bienes, derechos y obligaciones de las absorbidas.


Orden del día: 29 noviembre, 2021

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009 de 3 de abril (LME), se hace público que las Juntas Generales de socios de SERGAPE, S.L.U., MARGEN ROJO, S.L.U., y AGROGANADERA CHARRA, S.L.U., en sus respectivas sesiones celebradas con carácter universal el día 15 de noviembre de 2021, adoptaron por unanimidad entre otros el acuerdo de fusión de las tres entidades mercantiles mediante la absorción por SERGAPE, S.L.U., de MARGEN ROJO, S.L.U., y AGROGANADERA CHARRA, S.L.U., con extinción por disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de todo su patrimonio social a favor de la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus bienes, derechos y obligaciones de las absorbidas.

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades.

Por tratarse de unos acuerdos adoptados por unanimidad en los términos del artículo 42 LME, no son aplicables las normas generales sobre el proyecto y demás documentación que establece dicha Ley, ni se exige la emisión de informes expertos independientes relativos a la fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de cada una de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades en los términos previstos en la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Llerena, 18 de noviembre de 2021.- El Administrador único, José Francisco Sánchez Santana.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

SERGAPE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MARGEN ROJO, S.L.U. AGROGANADERA CHARRA, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

"SERGAPE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MARGEN ROJO, S.L.U. AGROGANADERA CHARRA, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2021-8124 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2021-8124
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20211129
Fecha última actualizacion: 29 noviembre, 2021
Numero BORME 228
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A210063267
ID del anuncio: A210063267
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 9748
Pagina final: 9748



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