FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de PREMIUM SALUD, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) RACOSOL PREMIUM, S.L. MEDICINA Y ESTÉTICA APLICADA, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de PREMIUM SALUD, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) RACOSOL PREMIUM, S.L. MEDICINA Y ESTÉTICA APLICADA, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS) a fecha de 11 mayo, 2015

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que el día 30 de abril de 2015, las Juntas Generales Ordinarias y Universales de socios de Premium Salud, S.L., Racosol Premium, S.L. y Medicina y Estética Aplicada, S.L. adoptaron por unanimidad, el acuerdo de fusión por absorción de las sociedades, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, según los términos establecidos en el proyecto de fusión.


Orden del día: 11 mayo, 2015

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que el día 30 de abril de 2015, las Juntas Generales Ordinarias y Universales de socios de Premium Salud, S.L., Racosol Premium, S.L. y Medicina y Estética Aplicada, S.L. adoptaron por unanimidad, el acuerdo de fusión por absorción de las sociedades, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, según los términos establecidos en el proyecto de fusión.

Las sociedades participantes de la fusión han adoptado unánimemente el acuerdo de fusión. Por ello, la operación se estructura y enmarca dentro de la fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión que se regula en el artículo 42 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos y de los Balances de fusión, así como el derecho de los socios a pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 39 y 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Asimismo se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Estepona, Málaga, 30 de abril de 2015.- El Administrador único de las tres sociedades, Rafael Redondo Rodríguez.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

PREMIUM SALUD, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) RACOSOL PREMIUM, S.L. MEDICINA Y ESTÉTICA APLICADA, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

"PREMIUM SALUD, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) RACOSOL PREMIUM, S.L. MEDICINA Y ESTÉTICA APLICADA, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2015-3724 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2015-3724
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20150511
Fecha última actualizacion: 11 mayo, 2015
Numero BORME 87
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A150019674
ID del anuncio: A150019674
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 4562
Pagina final: 4562



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