FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
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De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto – Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, LME), se hace público que en fecha 1 de diciembre de 2023, el socio único de VERNE TELECOM, S.L.U., y el socio único de VERNE ENERGY, S.L.U., adoptaron las decisiones de socio único relativas a la fusión por absorción de VERNE ENERGY, S.L.U., por parte de VERNE TELECOM, S.L.U., con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la atribución de su patrimonio íntegro a título universal, a la sociedad absorbente.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDLME"), se hace público que los socios de Chabea, S.L., El Paraiso de Churra, S.L., Envamader, S.L., Inversiones y Maderas, S.L., Utiles Forestales y Envases Aplicados, S.L., Villapoeta, S.L., Patrimonios y Maderas, S.L., Patriforest, S.L., Inversiones Franfe, S.L., Gran Via Nacer, S.L., Fabrexpal, S.L., Duplex la Cierva, S.L., Division Vivienda Uno, S.L. y Division Vivienda Dos, S.L.(en adelante, las "Sociedades Absorbidas") y de Victoria Libertad, S.L. (en adelante, la "Sociedad Absorbente") con fecha de 24 de noviembre de 2023, acordaron la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente. En consecuencia, esta última adquirirá por sucesión universal el patrimonio de las Sociedades Absorbidas, que se extinguirán.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se anuncia que el día 2 de noviembre de 2023, la Junta general extraordinaria y universal de socios de Baquero, Lozano, Briasco y Asociados, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), aprobó la fusión por absorción en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión de fecha 2 de noviembre de 2023 de la sociedad íntegramente participada Miranda Briales Correduría de Seguros, S.L. (la "Sociedad Absorbida") siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 53 del referido Real Decreto-Ley, en virtud del cual Baquero, Lozano, Briasco y Asociados, S.L. absorbe a Miranda Briales Correduría de Seguros, S.L. con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la Sociedad Absorbente (la "Fusión").
De conformidad con lo establecido en los artículo 43 y 44, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que las Juntas Generales Universales de socios de las sociedades "Auto Soni, SL" (sociedad absorbente), y "Precio Cero, SL", (sociedad absorbida), aprobaron el día 15 de noviembre de 2023, la fusión por absorción de "Precio Cero, SL", por parte de "Auto Soni, SL" y, en consecuencia, la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 15 de noviembre de 2023, como fecha a partir de la cual las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se considerarán computables, a efectos contables, por la sociedad absorbente.
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