FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

Publicaciones oficiales sobre FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

Toda la información y novedades sobre FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de España

GISAE GESTIÓ INTEGRAL SERVEIS I ASSESSORAMENT DE EMPRESES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SERVICIOS E INVERSIONES CAMPABADAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, relativo entre otras, a la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que las respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de las Compañías "Gisae Gestió Integral Serveis i Assessorament de Empreses, S.L." (Sociedad Absorbente) y "Servicios e Inversiones Campabadal, S.L." (Sociedad Absorbida), acordaron por unanimidad, el día 1 de diciembre de 2023, su fusión, mediante la absorción por "Gisae Gestió Integral Serveis i Assessorament de Empreses, S.L." (Sociedad Absorbente) de "Servicios e Inversiones Campabadal, S.L." (Sociedad Absorbida que se extinguirá con motivo de la Fusión).

HUERTAS INDUSTRIAS GRÁFICAS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ARTES GRÁFICAS HUERTAS, S.A.U. ENCUADERNACIONES HUERTAS, S.L.U (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de mercantil HUERTAS INDUSTRIAS GRÁFICAS, S.A. (sociedad absorbente), celebrada con fecha 1 de diciembre de 2023 adoptó por unanimidad de sus socios el acuerdo de fusión mediante la absorción de las entidades ARTES GRÁFICAS HUERTAS, S.A.U. y ENCUADERNACIONES HUERTAS, S.L.U. (sociedades absorbidas), con extinción por disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de sus patrimonios a la sociedad absorbente HUERTAS INDUSTRIAS GRÁFICAS, S.A., que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas. Al tratarse de un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas y haber sido adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por los socios de todas las entidades participantes en la Fusión, es de aplicación a la presente fusión lo dispuesto en los artículos 9 y 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

ONESTIC INNOVACIÓN Y DESARROLLO, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) KYOMU SOLUTIONS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que con fecha 4 de diciembre de 2023, las sociedades Onestic Innovación y Desarrollo, S.L. (Sociedad absorbente) y Kyomu Solutions, S.L.U. (Sociedad Absorbida) en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de Kyomu Solutions, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de Onestic Innovación y Desarrollo, S.L. (Sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y adquisición por sucesión universal de sus patrimonios, activos y pasivos por parte de la Sociedad Absorbente.

PLASTICOS TATAY, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) LIN, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que el Accionista Único de "PLASTICOS TATAY, S.A.U." (la "Sociedad Absorbente") y el Accionista Único de "LIN, S.A.U." (la "Sociedad Absorbida") en ejercicio de las competencias propias de la Junta General, por acuerdos adoptados en fecha 7 de diciembre de 2023, ha aprobado la fusión por absorción de "LIN, S.A.U." (Sociedad Absorbida) por parte de "PLASTICOS TATAY, S.A.U." (Sociedad Absorbente), de la que la Sociedad Absorbente adquirirá, por sucesión universal, el patrimonio, así como todos los derechos y obligaciones afectos al mismo, quedando la Sociedad Absorbida disuelta sin liquidación como consecuencia de la referida operación de fusión, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Todo ello, en los términos y condiciones expuestos en el Proyecto Común de Fusión redactado, en fecha 23 de noviembre de 2023, por el órgano de administración de las sociedades intervinientes en la fusión, sirviendo como base de la operación los balances de las sociedades cerrados a 31 de agosto de 2023.