FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

Publicaciones oficiales sobre FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

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FOMENTO DE CENTROS DE ENSEÑANZA S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INPRODELAIN S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público, que el accionista único de la entidad Inprodelain S.L. (Sociedad Unipersonal), en la Junta General Universal y Extraordinaria de Accionistas de Fomento de Centros de Enseñanza S.A. decidió y aprobó por unanimidad según consta en el acta de fecha 26 de julio de 2023, la fusión de estas dos sociedades mediante la absorción de la primera (Inprodelain S.L. (Sociedad Unipersonal)) por la segunda (Fomento de Centros de Enseñanza S.A.) adquiriendo esta última en bloque, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que queda disuelta sin liquidación, habiéndose aprobado el día 21 de junio de 2023, los balances de fusión cerrados a fecha 31 de diciembre de 2022 para Inprodelain S.L. (Sociedad Unipersonal) y a fecha 21 de junio de 2023 los balances de fusión cerrados a fecha 31 de diciembre de 2022 para Fomento de Centros de Enseñanza S.A.

REYAL URBIS, S.A., EN LIQUIDACIÓN (SOCIEDAD ABSORBENTE) INMOBILIARIA GRAN CAPITÁN, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que la Junta General de Accionistas de Reyal Urbis, S.A., en liquidación (la "Sociedad Absorbente") y el Socio Único de Inmobiliaria Gran Capitán, S.A.U. (la "Sociedad Absorbida") aprobaron, con fecha 24 de julio de 2023, (i) el Proyecto Común de Fusión, (ii) los respectivos Balances de Fusión, y (iii) la operación de fusión en sí misma (en los mismos términos y condiciones que los recogidos en el Proyecto Común de Fusión), de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1 de la LME, en virtud de la cual Reyal Urbis, S.A. (en liquidación) absorbe a Inmobiliaria Gran Capitán, S.A.U., quedando la Sociedad Absorbida disuelta y extinguida sin liquidación, incorporando todo su activo y pasivo a la Sociedad Absorbente, que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquélla (la "Fusión").

REYAL URBIS, S.A., EN LIQUIDACIÓN (SOCIEDAD ABSORBENTE) REYALURBIS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que la Junta General de Accionistas de Reyal Urbis, S.A., en liquidación (la "Sociedad Absorbente") y el Socio Único de Reyalurbis, S.A. (la "Sociedad Absorbida"), aprobaron con fecha 24 de julio de 2023 (i) el Proyecto Común de Fusión, (ii) los respectivos Balances de Fusión, y (iii) la operación de fusión en sí misma (en los mismos términos y condiciones que los recogidos en el Proyecto Común de Fusión), en virtud de la cual Reyal Urbis, S.A., en liquidación absorbe a Reyalurbis, S.A., quedando la Sociedad Absorbida disuelta y extinguida sin liquidación, incorporando todo su activo y pasivo a la Sociedad Absorbente, que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquélla (la "Fusión").

SCREEN FILMS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) CIVEAN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA) FANTASIAS VERIDICAS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que la Junta General Ordinaria y Universal de "SCREEN FILMS, S.L." (Sociedad absorbente), con C.I.F. núm. B-91355818, "CIVEAN, S.L." (Sociedad absorbida), con C.I.F. núm. B-29567344, y "FANTASÍAS VERÍDICAS, S.L." (Sociedad absorbida), con C.I.F. B-67628651, celebradas el día 30 de junio de 2023, ha aprobado por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción, con disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la Sociedad absorbente.