FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Toda la información y novedades sobre FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de España
Se publica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales, que el Socio Único de Bergé Infraestructuras y Servicios Logísticos, S.L.U., el Socio Único de Agencia Marítima Condeminas, S.A.U., y el Socio Único de Jerónimo Pérez Casero, S.L.U., han acordado, con fecha 30 de junio de 2023, la fusión en virtud de la cual Agencia Marítima Condeminas, S.A.U., absorbe a Jerónimo Pérez Casero, S.L.U., y, sucesivamente, la fusión en virtud de la cual Bergé Infraestructuras y Servicios Logísticos, S.L.U., absorbe a Agencia Marítima Condeminas, S.A.U., con la consiguiente disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a las sociedades absorbentes. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión; así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión
Anuncio de fusión
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se anuncia que la Socia Única de ALMAMEAT, S.L. (Sociedad Absorbente) y de CARNICAS MUTILOA, S.L. (Sociedad Absorbida), en fecha 30 de junio de 2023 tomó las decisiones de aprobar la fusión en virtud de la cual la Sociedad Absorbente absorbe a la Sociedad Absorbida, que se extingue, transmitiendo en bloque su patrimonio social a favor de la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida. Al estar la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio, la fusión por absorción gemelar o fusión entre hermanas puede acogerse al procedimiento simplificado de las fusiones especiales por absorción de sociedades íntegramente participadas.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público lo siguiente:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el día 28 de JULIO de 2023 las Juntas Generales Extraordinarias de socios de las dos sociedades, válidamente celebradas con el carácter de universales acordaron la fusión de las dos sociedades de acuerdo con los términos establecidos en el proyecto común de fusión, suscrito el día 26 de Junio de 2023 por los administradores de todas las sociedades participantes en la fusión, mediante la absorción por parte de "GIMENEZ GANGA, S.L.U" de "GIMENEZ GANGA MADRID, S.L.U" con la consiguiente extinción, sin liquidación, de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a título de sucesión universal de todo el patrimonio social de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquella.