FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de EDIFICACIONES AGUILAR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) AGUIBAN, SOCIEDAD LIMITADA EDIFICACIONES AGUIBÁÑEZ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de EDIFICACIONES AGUILAR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) AGUIBAN, SOCIEDAD LIMITADA EDIFICACIONES AGUIBÁÑEZ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES ABSORBIDAS) a fecha de 3 agosto, 2017

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de Socios de las sociedades "EDIFICACIONES AGUILAR, S.L.", "AGUIBAN, S.L." y "EDIFICACIONES AGUIBÁÑEZ, S.L." celebradas todas ellas con carácter universal con fecha 14 de julio de 2017, han adoptado el acuerdo de fusión por absorción entre "EDIFICACIONES AGUILAR, S.L.", como absorbente, y las sociedades "AGUIBAN, S.L." y "EDIFICACIONES AGUIBÁÑEZ, S.L.", como absorbidas, con disolución sin liquidación de éstas últimas y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la sociedad absorbente, sucediendo ésta a titulo universal en todos sus derechos y obligaciones a las sociedades absorbidas, según los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión.


Orden del día: 3 agosto, 2017

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de Socios de las sociedades "EDIFICACIONES AGUILAR, S.L.", "AGUIBAN, S.L." y "EDIFICACIONES AGUIBÁÑEZ, S.L." celebradas todas ellas con carácter universal con fecha 14 de julio de 2017, han adoptado el acuerdo de fusión por absorción entre "EDIFICACIONES AGUILAR, S.L.", como absorbente, y las sociedades "AGUIBAN, S.L." y "EDIFICACIONES AGUIBÁÑEZ, S.L.", como absorbidas, con disolución sin liquidación de éstas últimas y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la sociedad absorbente, sucediendo ésta a titulo universal en todos sus derechos y obligaciones a las sociedades absorbidas, según los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que los acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen el derecho de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión. Asimismo, los acreedores de las Sociedades participantes en la fusión podrán oponerse al acuerdo de fusión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 17 de julio de 2017.- Administrador Solidario de Edificaciones Aguilar, S.L., don Joaquín Aguilar Dorado.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

EDIFICACIONES AGUILAR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) AGUIBAN, SOCIEDAD LIMITADA EDIFICACIONES AGUIBÁÑEZ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

"EDIFICACIONES AGUILAR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) AGUIBAN, SOCIEDAD LIMITADA EDIFICACIONES AGUIBÁÑEZ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES ABSORBIDAS)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2017-7182 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2017-7182
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20170803
Fecha última actualizacion: 3 agosto, 2017
Numero BORME 147
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A170058559
ID del anuncio: A170058559
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 8343
Pagina final: 8343



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