ESCISIÓN DE EMPRESAS de SOZZAN, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE SEGREGADA) SOZZAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de SOZZAN, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE SEGREGADA) SOZZAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN) a fecha de 1 agosto, 2013

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 43, en relación al artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la junta universal extraordinaria de socios de la Sociedad "Sozzan, S.L." ha aprobado, con fecha 1 de julio de 2013, la segregación parcial de la unidad económica de rama de actividad de servicios de saneamiento, limpieza y mantenimiento integral, exterior e interior, de todo tipo de edificaciones mediante la constitución de la sociedad beneficiaria de la segregación "Sozzan Servicios Integrales, S.L.U." La rama de actividad económica segregada constituye una unidad económica en el sentido del artículo 71 de la Ley 3/2009.


Orden del día: 1 agosto, 2013

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 43, en relación al artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la junta universal extraordinaria de socios de la Sociedad "Sozzan, S.L." ha aprobado, con fecha 1 de julio de 2013, la segregación parcial de la unidad económica de rama de actividad de servicios de saneamiento, limpieza y mantenimiento integral, exterior e interior, de todo tipo de edificaciones mediante la constitución de la sociedad beneficiaria de la segregación "Sozzan Servicios Integrales, S.L.U." La rama de actividad económica segregada constituye una unidad económica en el sentido del artículo 71 de la Ley 3/2009.

Al tener la sociedad segregada y la beneficiaria forma de sociedades limitadas y haber sido adoptados, por unanimidad, los acuerdos de segregación, en aplicación del artículo 42 de la Ley 3/2009, no se aplican a estas operaciones las normal generales que sobre el proyecto y balances de segregación se establecen en la citada Ley, ni las relativas a la información previstas en el artículo 39 de la Ley 3/2009.

De igual manera conforme al artículo 49 de la Ley 3/2009 y concordantes, no se exige la emisión de informes de Administradores ni de expertos independientes relativos a las segregaciones aprobadas ya que la sociedad beneficiaria de la segregación se halla íntegramente participada de forma directa por la sociedad segregada "Sozzan, S.L."

Se anuncia el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de segregación, asís como el derecho que corresponde a los acreedores de oponerse a la segregación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, dentro del plazo de un mes contado desde la publicación del último de los anuncios de segregación.

Madrid, 29 de julio de 2013.- El Administrador Único de la Mercantil "Sozzan, S.L.", don Fernando González García.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

SOZZAN, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE SEGREGADA) SOZZAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

"SOZZAN, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE SEGREGADA) SOZZAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2013-11014 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2013-11014
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20130801
Fecha última actualizacion: 1 agosto, 2013
Numero BORME 145
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A130046260
ID del anuncio: A130046260
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 12821
Pagina final: 12821



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Publicacion oficial SOZZAN, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE SEGREGADA) SOZZAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN) 145 BORME-C-2013-11014

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