ESCISIÓN DE EMPRESAS
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Anuncio de segregación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales ("LME"), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que por Acta de Decisiones de Socia Única celebrada el 28 de febrero de 2023, se acordó, la escisión consistente en el traspaso en bloque, por sucesión universal, de una parte del patrimonio de la sociedad escindida consistente en la unidad económica independiente dedicada a la actividad de agencia comercial, a favor de una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación que se denominará " GALLAECIA DENTAL SALES, S.L.U.", que adquirirá todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha actividad y que quedará constituida como consecuencia de la ejecución de la escisión parcial, en los términos y condiciones previstos en el proyecto de escisión suscrito por la administradora única de NUEVA GALIMPLANT, S.L.U.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante ("LME"), se hace público que la Junta General y Universal de las sociedades SOLUCIONES INTEGRALES EN DESINFECCIÓN, S.L. ("Sociedad Segregada") y SOINDE NEUROS S.L.U. ("Sociedad Beneficiaria") con fecha 7 de marzo de 2023, aprobó la Segregación de SOLUCIONES INTEGRALES EN DESINFECCIÓN, S.L. por medio de la cual la Sociedad Segregada, transmitirá en bloque a título universal una parte de su patrimonio a favor de SOINDE NEURO, S.L.U. y con la consiguiente subrogación de ésta en todos los derechos y obligaciones de SOLUCIONES INTEGRALES EN DESINFECCIÓN, S.L. El acuerdo de Segregación ha sido adoptado conforme a los términos establecidos en el Proyecto Común de Segregación suscrito con fecha 7de marzo de 2023 por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la Segregación, sirviendo como balance de segregación los balances de la Sociedad Segregada y de la Sociedad Beneficiaria cerrados a 31 de diciembre de 2022 y el 7 de marzo de 2023, debidamente formulados y aprobados, respectivamente. A estos efectos, y conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente del derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la Segregación a obtener el texto íntegro de los acuerdos de Segregación adoptados y de los respectivos balances de segregación, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que participan. Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") y disposiciones concordantes, aplicable por remisión expresa del artículo 73.1 LME se hace público que los socios de la entidad mercantil AMEFRUTIS, S.L. (la "Sociedad Escindida"), se reunieron en junta General Universal y Extraordinaria el día 20 de agosto de 2022, y acordaron, por unanimidad, aprobar la escisión parcial consistente en el traspaso en bloque y por sucesión universal de dos partes del patrimonio de la mercantil AMEFRUITS, S.L., que forman unidades económicas autónomas, a favor de dos sociedades preexistentes denominadas EXPLOTACIONES AGRICOLAS LAS MORENAS, S.L. y EXPLOTACIONES AGRICOLAS Y DE OCIO PINAROSA, S.L., recibiendo los socios de la "Sociedad Escindida" un número de participaciones sociales de las sociedades beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la escindida, y quedando subrogadas las sociedades beneficiarias en todos los derechos y obligaciones recibidos de la sociedad parcialmente escindida.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se hace público que el socio único de LOWBOX SLU., domiciliada en Madrid, calle Guzmán el Bueno, número 37, CIF. número B84682293 el 27 de febrero de 2023 ha decidido la escisión parcial de dicha compañía, con traspaso de rama de actividad a la sociedad HOME COLIVING, SOCIEDAD LIMITADA (unipersonal) domiciliada en (28006) Madrid, calle Castelló 82, 6º derecha, NIF B81310732, que adquirirá todos los bienes, derechos y obligaciones que componen el patrimonio de lar rama de actividad escindida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el órgano de administración de la escindida, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 9 de febrero de 2023.