ESCISIÓN DE EMPRESAS
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De conformidad con los dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que, en la Junta General Extraordinaria y Universal de los socios de CENTRO DENTAL COMEDIAS 8, S.L., celebrada el día 29 de marzo de 2023, se acordó por unanimidad proceder a la escisión total de CENTRO DENTAL COMEDIAS 8, S.L. (la "Sociedad Escindida"), mediante su extinción sin liquidación, con división total de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque, por sucesión universal, a favor de dos Sociedades Beneficiarias de nueva creación denominadas "GESTIÓN ARRAGAR, S.L." y "CENTRO DENTAL ARRABAL, S.L.P." (las "Sociedades Beneficiarias"). Las Sociedades Beneficiarias adquirirán, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio segregado que les corresponda, en los términos y condiciones del proyecto de escisión total suscrito y formalizado por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida, el 29 de marzo de 2023.
Se hace público que las juntas generales universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 24/02/2023, aprobaron, por unanimidad, la escisión total de TRIGALVI, S.L., que traspasará, quedando extinguida vía disolución sin liquidación, una parte de su patrimonio social a favor de la sociedad " GALDER-INDUSTRIA AUXILIAR, SL y otra parte de su patrimonio social a favor de la sociedad " TRIGALVI E-TEAM S.L." quienes adquirirán los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes que ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Álava.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace constar que la sociedad "Realizaciones Humanas y Técnicas de Arquitectura, Sociedad Limitada", reunida en Junta General de Socios, con carácter Universal, adoptó por unanimidad, con fecha 4 de abril de 2023, un acuerdo de Escisión Parcial con carácter de escisión financiera, en virtud de la cual transmitirá, en bloque y por sucesión universal, una unidad productiva consistente en participaciones sociales, en favor de la Sociedad beneficiaria "Transfer Station, Sociedad Limitada", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1 de la LME.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de Socios de TAPIA INSTALAZIO ELEKTRIKOAK, S.L., celebrada el 1 de febrero de 2023, ha acordado la escisión total de la sociedad, con disolución sin liquidación de la misma, dividiendo su patrimonio en dos partes que se transmiten a dos sociedades de nueva creación, INSTA TAPIA, S.L. y TAPIA ONDAREAK, S.L., todo ello en base al Proyecto de Escisión de fecha 24 de enero de 2023 y con aprobación del Balance de Escisión cerrado al 31 de diciembre de 2022.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que el Socio único de la Sociedad Contecnow, Sociedad Limitada Unipersonal (la Sociedad Escindida) aprobó, el 3 de abril de 2023, la escisión parcial sin extinción de la Sociedad Escindida, en virtud de la cual transmitirá en bloque por sucesión universal la parte de su patrimonio que constituye una unidad económica independiente consistente en la consultoría de telecomunicaciones (la Rama de Actividad), a favor de la sociedad Consulting and Technology Services Powered by Contec, Sociedad Limitada (Sociedad Beneficiaria) que se constituirá simultáneamente y adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones que integran la Rama de Actividad (la Escisión Parcial), recibiendo el Socio único de la Sociedad Escindida la totalidad de las participaciones sociales en que se divida el capital social de la Sociedad Beneficiaria, todo ello en los términos establecidos en el proyecto de escisión parcial formulado y suscrito por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida el día 1 de abril de 2023. Como consecuencia de la Escisión Parcial, la Sociedad Escindida reducirá su capital social en la cuantía necesaria y modificará el correspondiente artículo de sus estatutos sociales.