ESCISIÓN DE EMPRESAS

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ARTESANA PEÑASOMO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ESCINDIDA) BODEGAS TRUS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD BENEFICIARIA) BODEGAS PROELIO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el socio único de las sociedades ARTESANA PEÑASOMO, SLU, BODEGAS TRUS, SLU y BODEGAS PROELIO, SLU (sociedades beneficiarias) esto es, la sociedad CIOSPALA, SL ha aprobado con fecha 28 de febrero de 2023, la escisión total de ARTESANA PEÑASOMO, SLU, sociedad escindida.

COMILLAS 2, S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA) SJ OCHO PROMOCIONES Y OBRAS, S.L.U Y LA CAJIGONA INVERSIONES, S.L.U. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la junta General Extraordinaria y universal de socios de la Sociedad COMILLAS 2, S.L., celebrada el día 4 de Mayo de 2.023, acordó, por unanimidad, la segregación de una parte de su patrimonio que forman dos unidades económicas diferenciadas, a favor de las sociedades SJ OCHO PROMOCIONES Y OBRAS, S.L.U. y LA CAJIGONA INVERSIONES, S.L.U, subrogándose por sucesión a título en todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado.

NEUBAN OBRAS Y SERVICIOS. S.L.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) NEUBAN INDUSTRIAL, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN) PROGRAMA URBANO REHABITAS.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Se hace público que las Juntas Generales y Universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 31 de Diciembre de 2022, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la escisión parcial de NEUBAN OBRAS Y SERVICIOS, S.L.U., mediante la segregación de una parte de su patrimonio, a favor de las entidades NEUBAN INDUSTRIAL, S.L.U. (Sociedad de nueva creación) y PROGRAMA URBANO REHABITA, S.L.U. quienes adquirirán por sucesión, a título particular todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.