ESCISIÓN DE EMPRESAS

Publicaciones oficiales sobre ESCISIÓN DE EMPRESAS

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BOB BROSS, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) BB BROSS, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACION)

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de carácter universal de socios de Bob Bross, S.L. (Sociedad Escindida) ha acordado por unanimidad, con fecha 10 de julio de 2023, la escisión parcial sin extinción de Bob Bross, S.L. mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, que forma una unidad económica, a la sociedad beneficiaria de nueva creación BB Bross, S.L. todo ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto de Escisión parcial de fecha 15 de junio de 2023, que ha sido aprobado por la Junta general universal de la sociedad escindida y suscrito por el órgano de administración de la misma. Como consecuencia de la escisión parcial, la Sociedad Escindida, ha visto reducido su capital social, de forma proporcional y en el importe necesario en correlación con el patrimonio escindido. El acuerdo de escisión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión Parcial, dado que el acuerdo de escisión ha sido aprobado por unanimidad, siendo de aplicación el artículo 42 de la LME, en relación con el artículo 73.1 de la LME.

HOTELES OLIVENCIA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) GRUPO OLIVENCIA ALMERÍA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL GRUPO OLIVENCIA JAÉN, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), por remisión de su artículo 73.1, se hace público que la junta general y universal de la entidad "HOTELES OLIVENCIA, S.L.", ha acordado por unanimidad, y en fecha 29 de junio de 2023, aprobar la escisión total de la misma, lo que supondrá́ su extinción por disolución sin liquidación, la división de todo su patrimonio en dos partes y la transmisión en bloque por sucesión universal de cada una de ellas a sus dos sociedades filiales e íntegramente participadas: "GRUPO OLIVENCIA ALMERÍA SLU" y "GRUPO OLIVENCIA JAÉN SLU", y todo ello de conformidad con lo establecido en el proyecto común de escisión total suscrito el 2 de mayo de 2023 por don Pedro Olivencia Muñoz, administrador único de la sociedad escindida totalmente y de las sociedades beneficiarias preexistentes.

PREFABRICADOS TIERRA ARMADA, S.A.U. (SOCIEDAD SEGREGADA) TIERRA ARMADA, S.A.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que, por acuerdo de SOLETANCHE FREYSSINET SAS, Accionista Único de TIERRA ARMADA, S.A.U, con A-28/483154. y también Accionista Único de PREFABRICADOS TIERRA ARMADA, S.A.U., con C.I.F.: A87992715., se ha adoptado con fecha 30 de junio de 2023, la decisión de aprobar el Traspaso en Bloque por Sucesión Universal (Segregación) de la Rama de Actividad y Unidad Económica de Fabricación de Elementos Prefabricados de Hormigón de PREFABRICADOS TIERRA ARMADA, S.A.U. (Sociedad Segregante) a favor de TIERRA ARMADA, S.A.U. (Sociedad Beneficiaria).

BARCELONA THREE DIMENSIONAL PRINTERS, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) SUPERNOVA ADDITIVE, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que la Junta General de Socios de la sociedad BARCELONA THREE DIMENSIONAL PRINTERS, S.L. (en adelante, la "Sociedad Escindida"), celebrada en fecha 5 de julio de 2023, con carácter universal, acordó, por unanimidad, la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación que se denominará SUPERNOVA ADDITIVE, S.L. (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria"), conforme al procedimiento establecido en los artículos 42 y 78 bis de la LME y en los términos y condiciones expuestos en el Proyecto de Escisión, suscrito en fecha 5 de julio de 2023 por el Consejo de Administración de la Sociedad Escindida (en adelante, la "Escisión Parcial").

PANADERIAS NUEVAS DE SANTANDER, S.L. (UNIPERSONAL) (SOCIEDAD TOTALMENTE ESCINDIDA) PANAMAR BAKERY GROUP, S.L. (UNIPERSONAL) FRIMAR PANADEROS, S.L.U. (UNIPERSONAL) (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)

En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), aplicable por remisión del artículo 73.1, se hace público que, el 30 de junio de 2023, el socio único común de PANADERIAS NUEVAS DE SANTANDER, S.L. (unipersonal), PANAMAR BAKERY GROUP, S.L. (unipersonal) y FRIMAR PANADEROS, S.L. (Unipersonal), tras la aprobación de los correspondientes balances de escisión y del proyecto común de escisión, aprobó la escisión total de PANADERIAS NUEVAS DE SANTANDER, S.L. (Unipersonal) (la "Sociedad Escindida"), a favor de PANAMAR BAKERY GROUP, S.L. (unipersonal) y FRIMAR PANADEROS, S.L. (Unipersonal) (las "Sociedades Beneficiarias").