ESCISIÓN DE EMPRESAS

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PAVIJUS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) PAVIJUS OBRAS Y SERVICIOS, SOCIEDAD LIMITADA ARPAL RENOVABLES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo previsto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (...) de transposición de Directivas de la UE en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que en fecha 27 de noviembre de 2023, la Junta General Universal de "PAVIJUS, S.L." (como sociedad escindida) ha aprobado por unanimidad la escisión total de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 58.1.1ª, 59, 64, 71 y concordantes de la LME, por el cual la sociedad escindida se extingue, sin liquidación, con división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales constituye una unidad económica independiente, y se transmiten en bloque, respectivamente, por sucesión universal a las siguientes dos sociedades de nueva creación: "PAVIJUS OBRAS Y SERVICIOS, S.L." y "ARPAL RENOVABLES, S.L.", ajustándose estrictamente a los términos del Proyecto de Escisión Total formulado por el órgano de administración de la sociedad escindida, que consta correctamente depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza.

WELGOOD SOLUTIONS, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) WELGOOD TECHNOLOGIES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Welgood Solutions, S.L. (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 20 de noviembre de 2023, acordó por unanimidad la escisión parcial de Welgood Solutions, S.L., sin extinción de la misma, mediante la transmisión en bloque de parte de su patrimonio, que forma una rama de actividad autónoma e independiente, a la sociedad beneficiaria y de nueva creación Welgood Technologies, S.L. (sociedad beneficiaria), la cual se constituirá simultáneamente adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, y adjudicándose a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

ASTE CONSULTORES, S.L.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) ARTESA PARTICIPACIONES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante Ley 3/2009, LME), se hace público que, en fecha 28 de noviembre de 2023, el socio único de "Aste Consultores, S.L.U.", ha decidido la escisión parcial sin extinción de la sociedad "Aste Consultores, S.L.U." a favor de la Sociedad de nueva creación "Artesa Participaciones, S.L.".

PERSYCOM MADRID, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) PERSYCOM 2023 MADRID, S.L.U. EDIFICIOS SINGULARES 2022 S.L.U. PERSYVEX 2022, S.L.U. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS PREEXISTENTES).

Se hace público que la Junta General Universal y Extraordinaria de las sociedades PERSYCOM MADRID, S.L.U. (sociedad escindida) y de "PERSYCOM 2023 MADRID, S.L.U. Y EDIFICIOS SINGULARES 2022 S.L.U. Y PERSYVEX 2022, S.L.U. (sociedades beneficiarias) celebradas en fecha 24 de noviembre de 2023, se acordaron por unanimidad, la escisión total por la cual se traspasará en bloque, extinguiéndose, todo su patrimonio social, a favor de las sociedades beneficiarias preexistentes, "PERSYCOM 2023 MADRID, S.L.U. Y EDIFICIOS SINGULARES 2022 S.L.U. Y PERSYVEX 2022, S.L.U. que se subrogaran en todos los derechos y obligaciones de aquella correspondientes a las ramas de actividad y patrimonio traspasado a cada una.

INVERSIONES ROSSI, S.A.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) NORD PR, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 43, por remisión del artículo 73, ambos de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el Socio Único común tanto de la mercantil INVERSIONES ROSSI, S.A.U. (Sociedad Escindida), como de la mercantil NORD PR, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria), ejerciendo las competencias de la Junta General de ambas sociedades acordó con fecha 30 de Junio la escisión parcial sin extinción de INVERSIONES ROSSI, S.A.U. mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, que forma una rama de actividad, consistente en los negocios de comercio al por menor que venía explotando, a la sociedad beneficiara preexistente NORD PR, S.L.U. adquiriendo esta por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de dicha rama de actividad.