ESCISIÓN DE EMPRESAS

Publicaciones oficiales sobre ESCISIÓN DE EMPRESAS

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SERVEO SERVICIOS, S.A.U. (SOCIEDAD SEGREGADA) INACUA CENTROS DEPORTIVOS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

A los efectos de lo previsto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el día 24 de julio de 2023, el accionista único de la Sociedad Segregada, esto es, GRUPO SERVEO, S.L. (el "Accionista Único"), ejerciendo las competencias de la Junta General, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, decidió, aprobar la escisión en la modalidad de segregación, de una parte del patrimonio de la Sociedad Segregada consistente en una unidad económica diferenciada, referente al negocio de gestión de centros deportivos municipales ubicados en distintas localidades de España, en favor de la Sociedad Beneficiaria.

BCN 2001, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) MERIDIA CAPITAL PARTNERS SGEIC, S.A.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley") por remisión del artículo 73.1 de la Ley, se hace público que el 20 de julio de 2023 el socio único de la sociedad escindida y el accionista único de la sociedad beneficiaria, ejerciendo las funciones de las correspondientes juntas generales de socios o de accionistas de las sociedades, acordaron la escisión parcial de la sociedad escindida en favor de la sociedad beneficiaria de conformidad con los términos del proyecto común de escisión suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades el 29 de junio de 2023.

CONSTRUCCIONES ARTÉS Y ORDOÑO, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) TRANSPORTES CIUDAD DE ALHAMA DE ALMERÍA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43, por remisión del artículo 73, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles -en adelante LME- y demás disposiciones aplicables, se hace público que la Junta General de la entidad "CONSTRUCCIONES ARTÉS Y ORDOÑO, S.L." (sociedad escindida), en fecha de 5 de julio de 2023, a las 10:00 horas, ha aprobado por unanimidad la escisión parcial de la referida sociedad, mediante la segregación en bloque y a título universal de una parte diferenciada de su patrimonio -la cual constituye en sí misma una unidad económica o rama de actividad claramente diferenciada- a favor de una sociedad preconstituida denominada "TRANSPORTES CIUDAD DE ALHAMA DE ALMERÍA, S.L.", y ello sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión, todo ello conforme al Proyecto de Escisión parcial formulado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes en la escisión en fecha 8 de junio de 2023.

DIZU, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) ALCONSUR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43, por remisión del artículo 73, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles -en adelante LME- y demás disposiciones aplicables, se hace público que la Junta General de la entidad "DIZU, S.L." (sociedad escindida), en fecha de 14 de julio de 2023, a las 10:00 horas, ha aprobado por unanimidad la escisión parcial de la referida sociedad, mediante la segregación en bloque y a título universal de una parte diferenciada de su patrimonio -la cual constituye en sí misma, a su vez, una unidad económica o rama de actividad claramente diferenciada- a favor de una sociedad de nueva creación: "ALCONSUR, SL" -o la denominación social que finalmente le corresponda según certificación del Registro Mercantil Central-, y ello sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión, todo ello conforme al Proyecto de Escisión parcial formulado y suscrito por el órgano de administración de la sociedad escindida en fecha 8 de junio de 2023.

ECN CABLE GROUP, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ESCINDIDA) ECN CABLE GROUP, S.L.U.; ECN EQUIPOS ELÉCTRICOS, S.L.U.; ECN ALL WIND A, S.L.U.; ECN RECYCLING, S.L.U. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, 69 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de la entidad ECN CABLE GROUP, S.L., Sociedad Unipersonal ("Sociedad Escindida") ha decidido en fecha 11 de julio de 2023 aprobar la escisión total de misma ("Escisión Total"), con división de todo su patrimonio en cuatro partes, cada una de las cuales se traspasará en bloque a favor de las sociedades beneficiarias de nueva creación que se denominarán: ECN CABLE GROUP, S.L.U., ECN EQUIPOS ELÉCTRICOS, S.L.U., ECN ALL WIND A, S.L.U. y ECN RECYCLING, S.L.U. ("Sociedades Beneficiarias"), quienes adquirirán por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido; todo ello conforme al Proyecto de Escisión Total de fecha 30 de junio de 2023, suscrito por el órgano de administración de la Sociedad Escindida.