ESCISIÓN DE EMPRESAS

Publicaciones oficiales sobre ESCISIÓN DE EMPRESAS

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MARISCOS MÉNDEZ, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) Y DREARET, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

1°.- De conformidad con lo dispuesto en el artículos 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público el acuerdo adoptado por el socio único de la entidad "MARISCOS MÉNDEZ, S.L.U.", sociedad unipersonal, en ejercicio de las competencias de la junta general, y por tanto con efectos de acuerdo unánime, el día 10 de agosto de 2023, según consta consignado en acta firmada por el socio único, DON MANUEL MÉNDEZ ROBLES y que certifica en calidad de Administrador Único de dicha sociedad, por el que se acuerda con los efectos propios de la unanimidad en junta general universal, aprobar la escisión parcial de la sociedad "MARISCOS MÉNDEZ, S.L.U." mediante la segregación de su unidad económica o rama de empresa cuyo objeto principal es la actividad inmobiliaria de arrendamiento, escindiendo dicha unidad económica para su traspaso en bloque a favor de la sociedad de nueva creación denominada "DREARET S.L.U" como sociedad beneficiaria y sucesora universal en todos los derechos y obligaciones de la unidad económica objeto de escisión.

TRILEUCO SOLUTIONS, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) YEPCODE, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de Trileuco Solutions, S.L. (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 25 de agosto de 2.023, acordó por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de Trileuco Solutions, S.L. mediante la transmisión en bloque de parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria y de nueva creación Yepcode, S.L. (sociedad beneficiaria) la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicado a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el Órgano de Administración de Trileuco Solutions, S.L., formalizado el 24 de agosto de 2.023.

SPLASH FRANCHISE, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) MIA SUITES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 y 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, Ley 3/2009), se hace público la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de SPLASH FRANCHISE, S.L., (Sociedad Parcialmente Escindida) y de MIA SUITES, S.L., (Sociedad Beneficiaria), celebradas el día 23 de agosto de 2023, aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial de carácter estructural y financiero de SPLASH FRANCHISE, S.L., mediante la segregación de su patrimonio empresarial que constituye una unidad económica para transmitirlo en bloque a la sociedad MIA SUITES, S.L.

COMPAÑÍA DE TABACOS DEL MEDITERRANEO, S.A. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ETERNIA QUALITY SURFACE, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 24 de julio de 2023, el accionista único de la sociedad COMPAÑÍA DE TABACOS DEL MEDITERRANEO, S.A. (la "Sociedad Escindida") decidió la escisión parcial de una unidad económica de su patrimonio consistente en una rama de actividad inmobiliaria y su consiguiente transmisión en bloque a la sociedad beneficiaria de dicha escisión parcial, ETERNIA QUALITY SURFACE, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"), que adquirirá por sucesión universal la citada unidad económica. La escisión parcial se ha llevado a cabo en los términos y condiciones del Proyecto Común de Escisión Parcial redactado y suscrito por los órganos de administración de la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria con fecha 30 de junio de 2023.