ESCISIÓN DE EMPRESAS
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De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el día 28 de julio de 2023, la Junta General y Universal de Accionistas de la sociedad EGA TEXTIL, S.A., aprobó la escisión total de EGA TEXTIL, S.A., que se extinguirá, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las entidades beneficiarias de nueva creación EGA TEXTIL, S.L. (que se subrogará en la denominación de la sociedad escindida) y EDAROA 2023, S.L., quienes adquirirán por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del mismo, en los términos y condiciones del Proyecto de Escisión suscrito por el Consejo de Administración de la sociedad.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("la LME"), por remisión expresa del artículo 73.1 del mismo texto legal, se hace público que con fecha 28 de julio de 2023, los socios de ENTRECANALES DOMECQ E HIJOS, S.A. ("Sociedad Segregada") constituidos en Junta General Universal, han aprobado por unanimidad de todos los socios con derecho de voto, la operación de segregación de una Unidad Económica de la Sociedad Segregada, en concreto de los elementos de la Sociedad Segregada que conforman la Bodega Peñascal, incluyendo sus activos y pasivos operativos, los cuales representan por sí una unidad económica ("la Unidad Económica Bodega Peñascal"), a favor de la sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación que se denominará BODEGAS PEÑASCAL, S.L.U. ("Sociedad Beneficiaria"), la cual adquirirá en bloque, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones que la Sociedad Segregada tuviera afectos a la citada Unidad Económica Bodega Peñascal, y que quedará constituida como consecuencia de la ejecución de la segregación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RD"), se comunica que, en fecha 4 de septiembre de 2023, la Junta General universal de Socios de Bimba & Lola, S.L. (en adelante, la "Sociedad Segregada") y el Socio Único de Bimba y Lola España, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria") aprobaron, por unanimidad, la operación de segregación del negocio de comercialización al por menor de prendas de vestir, calzado y accesorios de la Sociedad Segregada en el territorio de España (incluyendo Islas Canarias, Ceuta y Melilla), que se lleva a cabo a través de tiendas físicas propias en régimen de arrendamiento situadas en locales de la vía pública y centros comerciales, así como por medio de puntos de venta (conocidos como "corners") situados en grandes almacenes, a favor de Bimba y Lola España, S.L.U. que, mediante su traspaso en bloque por sucesión universal, adquiere la totalidad de los derechos y obligaciones vinculados a dicha actividad segregada.
Se hace público que mediante decisión de la Junta General de la sociedad escindida "Furgones y Carrocerías Arganda, S.A.", de fecha 27 de julio de 2023, se aprobó su escisión total, disolviéndose sin liquidación, y transmitiendo sus patrimonios a dos sociedades de nueva creación, "Furgones y Carrocerías Arganda, S.L." y "López & Mesonero Inversiones Inmobiliarias, S.L.". Se hace constar el derecho que asiste a todo socio y acreedor a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión, así como el derecho de oposición de los acreedores en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de escisión en virtud del artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril.
Se hace público que mediante decisión de la Junta General de la sociedad segregada "Ibergum, S.A.", de fecha 6 de octubre de 2023, se aprobó su segregación, transmitiendo una parte de su patrimonio, constitutivo de una unidad económica autónoma, a una sociedad de nueva creación, "Ibergum Eco, S.L.U.". Se hace constar el derecho que asiste a todo socio y acreedor a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de segregación, así como el derecho de oposición de los acreedores en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de segregación en virtud del artículo 13 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio.