ESCISIÓN DE EMPRESAS

Publicaciones oficiales sobre ESCISIÓN DE EMPRESAS

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CIGURRIA O CAMPO, S.L.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) PEYMA INVERSIONES PATRIMONIALES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Se hace público que, con fecha 25 de octubre de 2023, la Junta General Universal de socios de la mercantil Cigurria O Campo, S.L.U. (sociedad parcialmente escindida) y de la compañía Peyma Inversiones Patrimoniales, S.L. (Sociedad beneficiaria), aprobaron por unanimidad la operación de escisión parcial de la mercantil Cigurria O Campo, sociedad limitada sin extinción de ésta, escindiéndose una parte de su patrimonio social, constitutivo de una unidad económica, que se traspasará en bloque a una entidad ya existente, denominada Peyma Inversiones Patrimoniales, S.L..

PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES EL MIRADOR, S.A. (SOCIEDAD ESCINDIDA) RED REAL PROPERTY, S.L. PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES BERMEJO CABALLERO, S.L. PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES EL MIRADOR, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), por remisión de lo establecido en el artículo 73 de la misma norma, se hace público que, con fecha 26 de junio de 2023, la Junta General de Socios de la sociedad mercantil PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES EL MIRADOR, Sociedad Anónima ("Sociedad escindida"), aprobó por unanimidad la escisión total de la misma, mediante la división de la totalidad de su patrimonio en tres partes, para su traspaso respectivo en bloque, por sucesión universal, a tres sociedades de responsabilidad limitada de nueva creación denominadas "PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES EL MIRADOR, S.L." (por sucesión en la denominación social), "RED REAL PROPERTY, SOCIEDAD LIMITADA" y "PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES BERMEJO CABALLERO, S.L." (en su conjunto, "Sociedades beneficiarias"), adjudicando, a su vez, a los socios de la Sociedad escindida un número de participaciones sociales de las Sociedades beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la Sociedad escindida, todo ello previa disolución sin liquidación de la sociedad objeto de la escisión total, y conforme a los términos del proyecto de escisión.

STRATEGIC MINERALS SPAIN, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) IBERAMERICAN LITHIUM SPAIN, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RDLME"), se hace público que las Juntas Generales y Universales de las sociedades Strategic Minerals Spain, S.L.U., e Iberamerican Lithium Spain, S.L.U., ambas sociedades gemelas por estar participadas de forma directa por el mismo socio Strategic Minerals Europe Inc. y en idénticos porcentajes de participación, celebradas el día 20 de octubre de 2023 han acordado la escisión parcial sin extinción de Strategic Minerals Spain, S.L.U., mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, que forma una rama de actividad autónoma e independiente, en concreto los derechos mineros "Permiso de Investigación Alberta II" y "Solicitud de Permiso de Investigación Carlota" a la sociedad beneficiaria preexistente Iberamerican Lithium Spain, S.L.U., adquiriendo ésta, por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes de dicha rama de actividad económica autónoma.

ARANDA INMUEBLES, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ARANDA INMUEBLES, S.L. IBERNORTE 2021, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73.1, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la sociedad ARANDA INMUEBLES, S.L. (la "Sociedad Escindida"), en fecha 20 de junio de 2023, aprobó por unanimidad, según el procedimiento previsto en el artículo 44 LME, la escisión total proporcional de ARANDA INMUEBLES, S.L., con división total de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque por sucesión universal a favor de dos sociedades beneficiarias de nueva constitución: 1.ª la mercantil de nueva creación que se denominará en aplicación del art. 418 del RRM, ARANDA INMUEBLES, S.L. y 2.ª la mercantil de nueva creación que se denominará en aplicación del art. 408 del RRM, IBERNORTE 2021, S.L.

BANCO DE SABADELL, S.A. (SOCIEDAD SEGREGADA) PAYCOMET, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME") por remisión del artículo 73.1 de la citada LME, se hace público que el 25 de octubre de 2023 el Consejo de Administración de Banco de Sabadell, S.A. (la "Sociedad Segregada" o "Sabadell") y el Socio Único de PayComet, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria" o "PayComet"), esto es, Sabadell, aprobaron la segregación de la unidad económica autónoma que integra el negocio de adquirencia o de adquisición de operaciones de pago (la "Segregación").