ESCISIÓN DE EMPRESAS
Toda la información y novedades sobre ESCISIÓN DE EMPRESAS de España
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), por remisión del artículo 73 de dicha LME, se hace público que, con fecha 12 de mayo de 2022, las respectivas juntas generales extraordinarias y universales de ITALIAN FOODING INVESTMENTS, S.L. (la "Sociedad Parcialmente Escindida") y de MAGLIA 4 IBIZA, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria Existente") han aprobado cada una de ellas por unanimidad la escisión parcial financiera de ITALIAN FOODING INVESTMENTS, S.L., sin extinción de la misma, mediante la cual la Sociedad Parcialmente Escindida escindirá una parte de su patrimonios social consistente en la cartera financiera integrada por la totalidad de las participaciones sociales que ostenta de la sociedad TIGELLA FRANCHISE, S.L.U., y las transmitirá en bloque a la Sociedad Beneficiaria Existente, que las adquirirá por sucesión a título universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, adjudicándose a los socios de la Sociedad Parcialmente Escindida las nuevas participaciones sociales que se crearán en la Sociedad Beneficiaria Existente quien ampliará su capital social para hacer frente al tipo de canje establecido. Todo ello conforme a los términos establecidos en el Proyecto de Escisión Parcial formulado por la totalidad de administradores de ambas sociedades intervinientes con fecha 2 de mayo de 2022 y con arreglo a los Balances de Escisión cerrados a 31 de marzo de 2022 (junto con la modificación de valoración oportuna conforme a lo dispuesto en el artículo 36.2 de la LME).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que la junta general de accionistas de la sociedad Hipra, Sociedad Anónima (la "Sociedad Beneficiaria") y el Accionista Único de Laboratorios Hipra, Sociedad Anónima Unipersonal (la "Sociedad Escindida"), respectivamente, aprobaron el día 6 de mayo de 2022 la escisión parcial de la Sociedad Escindida en favor de la Sociedad Beneficiaria, preexistente, mediante la cual la Sociedad Escindida transmite en bloque y por sucesión universal, sin extinguirse, a la Sociedad Beneficiaria, parte de su patrimonio social, todo ello en los términos establecidos en el proyecto común de escisión parcial, que fue suscrito por los miembros de los órganos de administración y aprobado por la Junta General y el Accionista Único de las sociedades intervinientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME") en relación con el artículo 73 LME, se hace público que el accionista único de RHENUS LOGISTICS, S.A.U. y RHENUS AIR & OCEAN, S.A.U. ha aprobado con fecha 12 de mayo de 2022, la operación de escisión parcial en virtud de la cual RHENUS LOGISTICS, S.A.U. transmitirá en bloque y por sucesión universal a RHENUS AIR & OCEAN, S.A.U. todos los activos y pasivos que constituyen la rama de actividad relacionada con los negocios aéreos y marítimos que actualmente son explotados por RHENUS LOGISTICS, S.A.U., constituyendo una rama independiente de actividad que puede operar de forma autónoma.
Se hace público que las Juntas Generales Universales y Extraordinarias de socios de todas las sociedades intervinientes, celebradas el 10 de mayo de 2022, acordaron por unanimidad proceder a la escisión total de "La Despensa, sociedad limitada", mediante su extinción, con división de todo su patrimonio en dos partes, y la transmisión en bloque por sucesión universal de cada una de ellas a favor de las sociedades "La Despensa 1955, sociedad limitada" y "La Despensa PH, sociedad limitada", quiénes como beneficiarias de la escisión reciben en bloque cada una de las partes en las que se divide el patrimonio de "La Despensa, sociedad limitada" según los criterios de reparto establecidos en el proyecto de escisión, con la consiguiente subrogación de éstas en todos los derechos y obligaciones de aquélla.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (LME), por remisión al artículo 73.1 de la LME, se hace público que el día 30 de octubre de 2021,la Junta General Extraordinaria Universal de socios de la mercantil ALJORGA,S.L., aprobó, por unanimidad de los socios asistentes, la segregación de una rama de actividad identificada en "alquiler de locales y viviendas por cuenta propia", aportando la misma a dos sociedad ya existentes denominadas ANDALISER ALQUILERES, S.L. y GALLARDO INVESTMENTS S.L., que adquirirán por sucesión a título universal todos los bienes, derechos y obligaciones que componen dicha unidad patrimonial.