ESCISIÓN DE EMPRESAS
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Anuncio de segregación
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que las Juntas Generales de las sociedades "Promoción Mercantil Catalana, S.A." y "Proflexo, S.L." adoptaron por Unanimidad, en fecha 7 de junio de 2022, proceder a la escisión parcial e impropia de "Promoción Mercantil Catalana, S.A." (soc. Parcialmente escindida) y su aportación a "Proflexo, S.L." (soc. beneficiaria preexistente).
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que el socio único de las sociedades OLIVIA PETROLEUM, S.A.U. y OLIVIA ENERGY GROUP, S.L.U., ejerciendo las funciones propias de la junta general de accionistas y socios respectivamente, acordó, el día 10 de mayo de 2022, la escisión parcial sin extinción de la sociedad OLIVIA PETROLEUM, S.A.U a favor de las sociedades OLIVIA ENERGY GROUP, S.L.U. y de la sociedad de nueva creación GANDESTANK S.L. que se constituirá simultáneamente, subrogándose por sucesión a título universal en todos los derechos y obligaciones integrantes de los patrimonios escindidos y adjudicando al socio único de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales que se creen de las sociedades beneficiarias.
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