ESCISIÓN DE EMPRESAS
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Se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, que la Junta de Socios de la sociedad AMADRO CAPITAL S.L (Sociedad escindida), celebrada el 1 de septiembre de 2022, ha aprobado por unanimidad de su capital social la escisión parcial de AMADRO CAPITAL S.L a la sociedad de nueva constitución AMADRO VILLAS S.L.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que RALARSA HOLDING, S.L.U. Socio Único de RALARSA, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria) y de ARMELUX INTERNACIONAL, S.L.U. (Sociedad Escindida), ejerciendo las competencias de la Junta General de las citadas sociedades ha adoptado en fecha 9 de septiembre de 2022 la decisión de aprobar la escisión parcial de ARMELUX INTERNACIONAL, S.L.U., mediante la cual la Sociedad Escindida transmite en bloque y por sucesión universal sin extinguirse, a la Sociedad Beneficiaria, la unidad económica de la Sociedad Escindida que integra el negocio relativo a los Talleres, todo ello en los términos establecidos en el Proyecto Común de Escisión, formulado y suscrito en fecha 3 de agosto de 2022 por el Administrador Único de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria.
Primero.- De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital y la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se anuncia que por Junta Extraordinaria y Universal de fecha 30 de Junio de 2022, los socios de la entidad "DAVANDOIRA, S.L." acordaron la escisión parcial mediante la segregación de dos ramas de actividad de su patrimonio social y sin extinguirse, traspasando de su balance todos los activos necesarios de cada una de las dos ramas de actividad segregadas a dos sociedades limitadas de nueva creación y cuya denominación será HOTEL SPA ATLANTICO, S.L. y CULLER GASTRONOMIA, S.L. Segundo.- En el domicilio social de la sociedad escindida se encuentra a disposición de todos los socios y acreedores el texto íntegro del acuerdo adoptado, el balance de escisión y demás documentación referida al acuerdo de escisión. Tercero.- Los acreedores podrán oponerse a la escisión acordada en el plazo de un mes desde la última publicación del presente anuncio en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Se hace público que las Juntas generales universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 12 de septiembre de 2022, aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial de "LA VITORIANA DE ALIMENTACIÓN, S.L.", que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social a favor de la sociedad "LA VITORIANA DEGUSTA, S.L.", quien adquirirá los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes que ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Álava.
Advertido error en el anuncio publicado en el B.O.R.M.E. n.º 145 de fecha 1 de agosto de 2022, se indica a continuación la oportuna rectificación: