ESCISIÓN DE EMPRESAS
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General de Accionistas de EASYGOBAND WORLD SL, han decidido el día 16 de septiembre de 2022 aprobar la escisión de la Sociedad Escindida, mediante la cual la Sociedad Escindida transmite en bloque y por sucesión universal sin extinguirse, a la Sociedad Beneficiaria, la unidad económica de la Sociedad Escindida que integra el negocio relativo a la plataforma GOFUN WORLD, S.L., todo ello en los términos establecidos en el proyecto común de escisión (el "Proyecto"), formulado y suscrito con fecha 29 de agosto 2022 por el Consejo de Administración de la Sociedad Escindida.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), aplicable por remisión del art. 73 LME, se hace público que el socio único de "JEALSA INDUSTRIA ALIMENTARIA S.L.U." (sociedad escindida) decidió, dejando la oportuna constancia en acta del socio único de 29 de junio de 2022, y los socios de "CORPORACIÓN EMPRESARIAL JESÚS ALONSO S.L." (sociedad beneficiaria) adoptaron, en la misma fecha, de forma unánime, el acuerdo de escisión parcial financiera de "JEALSA INSDUSTRIA ALIMENTARIA S.L.U." sin extinción de la misma, mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio constituida por una unidad económica independiente consistente en participaciones representativas de la totalidad del capital social de la entidad Beltaine Renewable Energy S.L., sociedad mercantil de nacionalidad española, en favor de la sociedad del mismo grupo CORPORACIÓN EMPRESARIAL JESÚS ALONSO S.L. que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio escindido.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), aplicable por remisión del art. 73 LME, se hace público que el socio único de "JEALSA INDUSTRIA ALIMENTARIA S.L.U." (sociedad escindida) y el socio único de "SEANERGY360 S.L.U." (sociedad beneficiaria) decidió, dejando la oportuna constancia en actas de decisiones del socio único de 29 de junio de 2022, la escisión parcial financiera de "JEALSA INDUSTRIA ALIMENTARIA S.L.U." sin extinción de la misma, mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio constituida por dos unidades económicas independientes consistentes en participaciones representativas de la totalidad del capital social de Valora Marine Ingredients, S.L., y del 99,64% del capital de la sociedad PETSELECT S.A. en favor de la sociedad del mismo grupo SEANERGY360 S.L.U. que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio escindido.
Anuncio de corrección de error: la publicación realizada en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, núm. 96 página 3934 de fecha 23 de mayo de 2022, en el sentido de que por error se omitió hacer constar lo siguiente: "Los acreedores de todas las sociedades intervinientes tienen derecho a obtener también los balances de segregación"
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que RALARSA HOLDING, S.L.U. Socio Único de RALARSA, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria) y de ARMELUX INTERNACIONAL, S.L.U. (Sociedad Escindida), ejerciendo las competencias de la Junta General de las citadas sociedades ha adoptado en fecha 9 de septiembre de 2022 la decisión de aprobar la escisión parcial de ARMELUX INTERNACIONAL, S.L.U., mediante la cual la Sociedad Escindida transmite en bloque y por sucesión universal sin extinguirse, a la Sociedad Beneficiaria, la unidad económica de la Sociedad Escindida que integra el negocio relativo a los Talleres, todo ello en los términos establecidos en el Proyecto Común de Escisión, formulado y suscrito en fecha 3 de agosto de 2022 por el Administrador Único de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria.