ESCISIÓN DE EMPRESAS

Publicaciones oficiales sobre ESCISIÓN DE EMPRESAS

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GCI GRUPO CONSULTOR INTEGRAL, SL (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) PLAZA VASCONIA TRES, SL (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 73, y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta de Socios Universal de la sociedad "GCI Grupo Consultor Integral, SL" (sociedad parcialmente escindida) celebrada el día 6 de octubre de 2022, acordó, por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de "GCI Grupo Consultor Integral, SL", mediante la transmisión y traspaso en bloque de una unidad económica autónoma de su patrimonio, a la sociedad beneficiaria de nueva creación "Plaza Vasconia Tres, SL", en proceso de constitución, adquiriendo, por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

GESTION SUR CONSULTORES, S.L.P. (SOCIEDAD ESCINDIDA) GESTION SUR CONSULTORES ASOCIADOS, S.L.P. (SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE) AVENIDA DE AMERICA 19, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACION)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que la Junta General de las sociedades GESTION SUR CONSULTORES, S.L.P y GESTION SUR CONSULTORES ASOCIADOS, S.L.P. respectivamente, acordaron, el día 15 de septiembre de 2022, la escisión total de la sociedad GESTION SUR CONSULTORES, S.L.P, lo que supondrá su extinción por disolución sin liquidación, la división de su patrimonio en dos partes y la trasmisión en bloque por sucesión universal de cada una de ellas a dos sociedades beneficiarias: la sociedad ya existente GESTION SUR CONSULTORES ASOCIADOS, S.L.P y una sociedad de nueva creación AVENIDA DE AMERICA 19, S.L.

HOJAMARTA, S.L. UNIPERSONAL (SOCIEDAD ESCINDIDA) COMPAÑIA AGROGANADERA TEJO, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA EN CONSTITUCIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el día 3 de octubre de 2022 el Socio Único de HOJAMARTA, S.L. UNIPERSONAL aprobó la escisión parcial de la rama de actividad agrícola y ganadera que se venía desarrollando en la sociedad escindida a favor de la sociedad COMPAÑIA AGROGANADERA TEJO, S.L. la cual adquiere por sucesión a título universal los derechos y obligaciones derivados de la rama de actividad escindida.

INNOVACIONES DISRAS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) Y GAMERO GONZALEZ AGROGANADERA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73.1 de la misma norma, se hace público que en la Junta General celebrada con el carácter de universal el día 3 de octubre de 2022, los socios de la Compañía INNOVACIONES DISRAS, SL, acordaron por unanimidad realizar la escisión parcial de la misma, mediante el traspaso en bloque, por sucesión universal, a la sociedad beneficiaria de la escisión, de nueva creación, la mercantil GAMERO GONZALEZ AGROGANADERA, SL, de una parte de su patrimonio consistente en la unidad económica formada por todos los activos y pasivos afectos al desarrollo de la actividad agro ganadera realizada por la mercantil escindida. Asimismo, se hace público el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión parcial adoptados y de los balances de escisión. Se informa igualmente a los señores acreedores que podrán ejercitar su derecho de oposición a la escisión durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada norma.

PILOTES GENISOL S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) PILOTES GENISOL S.L. (DE NUEVA CREACIÓN) PERFORACIONES POZOSOL S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

De acuerdo con el artículo 43.1 y 73 de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que los socios de la sociedad "PILOTES GENISOL S.L.", el día 19 de junio de 2021 decidieron en Junta General la escisión total de la misma traspasando todo su patrimonio social a título universal a dos sociedades beneficiarias, denominadas "PILOTES GENISOL S.L. (de nueva creación)" y "PERFORACIONES POZOSOL S.L." de conformidad con el artículo 43.1 de la LME. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores.