ESCISIÓN DE EMPRESAS
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1, por remisión del artículo 73.1 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 27 de junio de 2023, el Socio Único de la mercantil SERLORAC, S.L.U. (la "Sociedad Escindida") ejerciendo las competencias de la Junta General de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, ha acordado la Escisión Total de la Sociedad Escindida, extinguiéndose sin liquidación y traspasando la totalidad de su patrimonio a dos entidades de nueva creación que revestirán la forma de sociedades limitadas, y se denominarán SERLORAC, S.L.U., en aplicación del artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil, y COLMAR PAMPLONA, S.L.U. (las "Sociedades Beneficiarias"), todo ello en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Escisión Total, de fecha 27 de junio de 2023, suscrito por el órgano de administración de la Sociedad Escindida.
Se hace público que mediante decisión de la Junta General de la sociedad escindida "Seminario Gestión, S.L.U.", de fecha 10 de noviembre de 2023, se aprobó su escisión total, disolviéndose sin liquidación, y transmitiendo su patrimonio a tres sociedades, una de nueva creación, "Seminario Gestión, S.L.U.", y otras dos preexistentes, "Rifrapa, S.L.U." y "Grupo Illero Seminario, S.L.". Se hace constar el derecho que asiste a todo socio y acreedor a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión, así como el derecho de oposición de los acreedores en el plazo y términos previstos en el Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio.
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de Junio, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la sociedad Sinerba Holding, S.L. (Sociedad Escindida Parcialmente), celebrada el día 13 de noviembre de 2023, aprobó por unanimidad, según el procedimiento previsto en el artículo 71 del referido Real Decreto Ley, la escisión parcial financiera de Sinerba Holding, S.L., mediante el traspaso en bloque, sin disolución ni liquidación, de una parte de su patrimonio social a la sociedad de nueva constitución Familia Ovis, S.L., constituida simultáneamente y como consecuencia de la escisión parcial financiera, consistente en la unidad económica formada por las participaciones financieras que ostenta en el capital social de las entidades Catch It Today, S.L., Lora Lora Agricola, S.L., Marv Smart Project, S.L., Marv Platform S.L., To Return Again, S.L., Riad Andalusi, S.L., Starba Ventures, S.L., Incubadoras Borrego, S.L.U. y Food & Services Fundido, S.L.U. adjudicándose a los socios de la Sociedad Escindida parcialmente todas las nuevas participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria de forma proporcional al de sus participaciones en la Sociedad Escindida parcialmente.
Corrección de errores del anuncio de las sociedades indicadas publicado el 30 de octubre de 2023 en el Boletín Oficial del Registro Mercantil Número 207 página 7229. Por un error de transcripción en el segundo párrafo línea 7 se hizo constar, entre otros, que "ni tampoco es necesario adoptar un acuerdo de ampliación de capital en la Sociedad Beneficiaria (...)", cuando la realidad es que sí se adoptó un acuerdo de ampliación de capital con lo que el texto literal correcto del anuncio debe decir en relación con el mencionado texto erróneo y manteniéndose inalterado el resto del anuncio original, que "en relación con el patrimonio recibido por parte de la Sociedad Escindida, la Sociedad Beneficiaria ha aplicado parte del mismo a ampliar el capital social y parte del mismo a constituir reservas, recibiendo los socios de la Sociedad Escindida, en idéntica proporción y en equivalente porcentaje de participación al que actualmente ostentan en el capital social de la Sociedad Escindida, las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria creadas en el marco del referido aumento de capital"
El 25 de octubre de 2023, la Junta General de socios de Carlos III 2016, S.L., acordó su escisión total siendo beneficiarias AUTOMOVILES MGR 2023, S.L. y BCN MOTOR MARKET, S.L. Se recuerda el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores.