ESCISIÓN DE EMPRESAS

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J.F. HILLEBRAND SPAIN, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD SEGREGADA) DHL GLOBAL FORWARDING, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), se hace público que, el día 16 de noviembre de 2022 la Junta General extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Segregada y el Socio Único de la Sociedad Beneficiaria, ejerciendo las funciones de la junta general de socios de la Sociedad Beneficiaria, acordaron conforme al artículo 71 de la Ley la segregación parcial de una unidad económica de la Sociedad Segregada en favor de la Sociedad Beneficiaria.

LA NUEVA CABAÑA, S.L. (SOCIEDAD TOTALMENTE ESCINDIDA), LA NUEVA CABAÑA, S.L. OLIVER PRODUCTIONS, S.L. ISUSKIZA 200, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Se hace público que el 3 de noviembre de 2022 la junta general extraordinaria y universal de socios de La Nueva Cabaña, S.L. (Sociedad Escindida), acordó por unanimidad, en los términos de los art. 68.1.1ª y 69 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, la escisión total de la sociedad La Nueva Cabaña, S.L. (Sociedad Escindida), disolviéndose sin liquidación y transmitiendo todo su patrimonio, por sucesión universal, a la sociedad La Nueva Cabaña, S.L. (sociedad beneficiaria de nueva creación y que adopta la razón social de la escindida) y a las sociedades Oliver Productions, S.L. e Isuskiza 200, S.L. (sociedades beneficiarias de nueva creación), las cuales adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el órgano de administración de la compañía, y aprobados por esta, con aplicación de lo dispuesto en los artículos 42 y 78 Bis de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

NANI MARQUINA, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) NANI MARQUINA, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN) NAMA23 PROPERTIES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Se hace público que el día 17 de noviembre de 2022, las juntas generales de socios de Nani Marquina, S.L. (Sociedad escindida totalmente) y Nama23 Properties, S.L. (Sociedad beneficiaria preexistente) han acordado, por unanimidad, la escisión total de la primera, con extinción de ésta sin liquidación, y la división de su patrimonio en dos partes que serán transmitidas, en bloque y por sucesión universal, a las sociedades beneficiarias Nani Marquina, S.L. (Sociedad de nueva creación que adoptará la denominación social de la sociedad escindida) y Nama23 Properties, S.L. (Sociedad beneficiaria preexistente). Dicha escisión ha sido acordada en los términos del proyecto de escisión total redactado y suscrito, en fecha 30 de junio de 2022, por los órganos de administración de las sociedades intervinientes, el cual ha sido depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.

RECAMBIOS BOXES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) TENDEROS DE ARAGÓN, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único de Recambios Boxes S.L.U. (sociedad parcialmente escindida) el día 15 de noviembre de 2022, acordó la escisión parcial sin extinción de Recambios Boxes S.L.U., mediante la transmisión y traspaso en bloque de una parte de su patrimonio que constituye una unidad económica autónoma, como es la totalidad de las participaciones sociales de la sociedad mercantil Recambios Gran Vía S.A.U, a la sociedad beneficiaria y de nueva creación Tenderos de Aragón S.L.U., la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado y adjudicando al socio único de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación.