ESCISIÓN DE EMPRESAS
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De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009 (LME), se hace público que el socio único de "INMOBILIARIA TEO REAL ESTATE, S.L.U", ha tomado decisión, con naturaleza y requisitos de acuerdo UNÁNIME de Junta General Extraordinaria y Universal, de fecha 16 de diciembre de 2022 su escisión parcial, traspasando una parte de su patrimonio, por sucesión universal, a una compañía de nueva creación denominada "TEO-AN ORGNICS, S.L.".
Corrección de Errores
Anuncio de Acuerdo de Escisión parcial.
Anuncio de Escisión Parcial
En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") y disposiciones concordantes, se comunica que la Junta General Extraordinaria y Universal de Rotrisa, S.L.(la "Sociedad"), celebrada el día 1 de noviembre de 2022, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad, mediante la división de la totalidad de su patrimonio en dos partes, para su traspaso respectivo en bloque, por sucesión universal, a las siguientes dos sociedades de responsabilidad limitada de nueva creación, GLOBAL JORAM, S.L. y NETHUNS 1965, S.L. (las "Sociedades Beneficiarias"), todo ello en los términos y condiciones previsto en el proyecto de escisión suscrito por el Administrador Único de la Sociedad.