ESCISIÓN DE EMPRESAS
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Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades "CONSTRUCCIONES PEDRO RUIZ ACOSTA, S.L.", y "COPRASA PROYECTOS, S.L.", en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales, del día 2 de Diciembre de 2.022, acordaron por unanimidad la escisión parcial de la entidad "CONSTRUCCIONES PEDRO RUIZ ACOSTA, S.L." (SOCIEDAD ESCINDIDA), que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social a la entidad "COPRASA PROYECTOS, S.L.", (SOCIEDAD BENEFICIARIA) quién adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio escindido, habiéndose aprobado como Balance de Escisión de cada una de las sociedades intervinientes, el cerrado al día 31 de Diciembre de 2.021, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión Parcial suscrito por la Administradora Única de las sociedades intervinientes, siendo los efectos contables de la escisión desde el día 1 de enero de 2.022.
De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que las Juntas Generales Universales de socios de las sociedades de MOTORLINE, SL y ALQUILERES SHIZUKANI, SL, aprobaron, por unanimidad, el día 19 de enero de 2023, la escisión parcial sin extinción de la sociedad MOTORLINE SL a la sociedad beneficiaria preexistente ALQUILERES SHIZUKANI, SL.
Anuncio escisión parcial.
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