ESCISIÓN DE EMPRESAS de ELECTRICIDAD CARAZO, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ELECTRICIDAD CARAZO, S.L. E INSTALACIONES CARAZO IN, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de ELECTRICIDAD CARAZO, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ELECTRICIDAD CARAZO, S.L. E INSTALACIONES CARAZO IN, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS) a fecha de 5 mayo, 2022

Se hace público que las juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 31 de marzo de 2022, aprobaron, por unanimidad, la escisión total de "ELECTRICIDAD CARAZO, S.L.", que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a "ELECTRICIDAD CARAZO, S.L." e "INSTALACIONES CARAZO IN, S.L.", quienes adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del mismo, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.


Orden del día: 5 mayo, 2022

Se hace público que las juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 31 de marzo de 2022, aprobaron, por unanimidad, la escisión total de "ELECTRICIDAD CARAZO, S.L.", que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a "ELECTRICIDAD CARAZO, S.L." e "INSTALACIONES CARAZO IN, S.L.", quienes adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del mismo, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.

De conformidad con lo dispuesto por el art. 42 de la LME, el acuerdo de escisión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el art.44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Huerta de Rey, 1 de abril de 2022.- Administrador único, Jesús María Carazo Camarero.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

ELECTRICIDAD CARAZO, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ELECTRICIDAD CARAZO, S.L. E INSTALACIONES CARAZO IN, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

"ELECTRICIDAD CARAZO, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ELECTRICIDAD CARAZO, S.L. E INSTALACIONES CARAZO IN, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2022-2036 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2022-2036
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20220505
Fecha última actualizacion: 5 mayo, 2022
Numero BORME 85
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A220016662
ID del anuncio: A220016662
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 2557
Pagina final: 2557



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