ESCISIÓN DE EMPRESAS de CORPORACIÓ GRIÑÓ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) GRIÑÓ YIELD, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de CORPORACIÓ GRIÑÓ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) GRIÑÓ YIELD, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA) a fecha de 25 noviembre, 2016

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que la junta general extraordinaria de socios de Corporació Griñó, S.L. (la "Sociedad Escindida"), celebrada en fecha 22 de noviembre de 2016, con carácter universal, aprobó por unanimidad la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, denominada Griñó Yield, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"), de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 42 y 78 bis de la LME, y en los términos y condiciones establecidos en el proyecto de escisión parcial suscrito en fecha 11 de noviembre de 2016 por el órgano de administración de la Sociedad Escindida.


Orden del día: 25 noviembre, 2016

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que la junta general extraordinaria de socios de Corporació Griñó, S.L. (la "Sociedad Escindida"), celebrada en fecha 22 de noviembre de 2016, con carácter universal, aprobó por unanimidad la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, denominada Griñó Yield, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"), de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 42 y 78 bis de la LME, y en los términos y condiciones establecidos en el proyecto de escisión parcial suscrito en fecha 11 de noviembre de 2016 por el órgano de administración de la Sociedad Escindida.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de parte del patrimonio de la Sociedad Escindida, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria de nueva creación; la atribución de la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria a los socios de la Sociedad Escindida; y la reducción de capital y prima de asunción de la Sociedad Escindida en la cuantía necesaria.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de Corporació Griñó, S.L. a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados. Se deja expresa constancia de que, de conformidad con lo previsto en el artículo 78 bis LME, no ha sido necesaria la elaboración de un balance de escisión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de Corporació Griñó, S.L. de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Lleida, 22 de noviembre de 2016.- Joana Piró Alamón, secretaria del consejo de administración de Corporació Griñó, S.L.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

CORPORACIÓ GRIÑÓ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) GRIÑÓ YIELD, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

"CORPORACIÓ GRIÑÓ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) GRIÑÓ YIELD, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2016-10548 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2016-10548
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20161125
Fecha última actualizacion: 25 noviembre, 2016
Numero BORME 225
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A160086284
ID del anuncio: A160086284
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 12223
Pagina final: 12223



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