ESCISIÓN DE EMPRESAS de CONFECCIÓN IDEAL, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) NUEVO SIGLO TEXTILES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de CONFECCIÓN IDEAL, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) NUEVO SIGLO TEXTILES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA) a fecha de 26 junio, 2012

En cumplimiento de lo dispuesto en arts. 43.1 y 73.1 de Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de la Sociedad Confección Ideal, S.L., en fecha 22-mayo-2012, ha adoptado con presencia de la totalidad de los socios y por unanimidad, siendo por tanto Junta General Universal, un acuerdo de escisión parcial de Confección Ideal, S.L., a favor de la mercantil Nuevo Siglo Textiles, S.L., de una rama de actividad de la primera que constituye una unidad económica autónoma, consistente en rama de textil. Se informa que dicha escisión se realiza con cargo a reservas y, por tanto, sin que produzca reducción del capital social de Confección Ideal, S.L. Se hace constar que la sociedad beneficiaria se han subrogado en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido. Se hace constar además que el acuerdo de escisión se ha adoptado con las prescripciones del art. 42 de la citada Ley 3/2009, que regula la escisión de modo simplificado. Se hace constar a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión que tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los documentos que se aportaron a la Junta General para la consideración de los socios, como elementos de formación para la adopción del acuerdo. Igualmente se hace constar que la escisión parcial se acogerá al régimen especial establecido en el R. Decreto Legislativo 4/2004 por el que se aprueba la Ley del Impuesto de Sociedades, en lo dispuesto en el Título VII, Capítulo VII, arts. 83 a 96. De igual manera, de acuerdo con el art. 44 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión, que asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades intervinientes, en los términos que resultan del citado precepto.


Orden del día: 26 junio, 2012

En cumplimiento de lo dispuesto en arts. 43.1 y 73.1 de Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de la Sociedad Confección Ideal, S.L., en fecha 22-mayo-2012, ha adoptado con presencia de la totalidad de los socios y por unanimidad, siendo por tanto Junta General Universal, un acuerdo de escisión parcial de Confección Ideal, S.L., a favor de la mercantil Nuevo Siglo Textiles, S.L., de una rama de actividad de la primera que constituye una unidad económica autónoma, consistente en rama de textil. Se informa que dicha escisión se realiza con cargo a reservas y, por tanto, sin que produzca reducción del capital social de Confección Ideal, S.L. Se hace constar que la sociedad beneficiaria se han subrogado en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido. Se hace constar además que el acuerdo de escisión se ha adoptado con las prescripciones del art. 42 de la citada Ley 3/2009, que regula la escisión de modo simplificado. Se hace constar a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión que tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los documentos que se aportaron a la Junta General para la consideración de los socios, como elementos de formación para la adopción del acuerdo. Igualmente se hace constar que la escisión parcial se acogerá al régimen especial establecido en el R. Decreto Legislativo 4/2004 por el que se aprueba la Ley del Impuesto de Sociedades, en lo dispuesto en el Título VII, Capítulo VII, arts. 83 a 96. De igual manera, de acuerdo con el art. 44 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión, que asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades intervinientes, en los términos que resultan del citado precepto.

Ordenes, 23 de mayo de 2012.- Rogelio Bodelo Pichel, Administrador.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

CONFECCIÓN IDEAL, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) NUEVO SIGLO TEXTILES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

"CONFECCIÓN IDEAL, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) NUEVO SIGLO TEXTILES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2012-20277 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2012-20277
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20120626
Fecha última actualizacion: 26 junio, 2012
Numero BORME 120
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A120045841
ID del anuncio: A120045841
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 22035
Pagina final: 22035



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