Información, opiniones y publicaciones oficiales de SELBAMAR, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
RENTEDU, S.L.U.
PINSOLES 2016, S.L.U.
MAYCLIP 2017, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
En está página podras encontrar toda la información pública disponible sobre SELBAMAR, S.L.
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RENTEDU, S.L.U.
PINSOLES 2016, S.L.U.
MAYCLIP 2017, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
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Información sobre creación, disolución o liquidación de SELBAMAR, S.L.
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RENTEDU, S.L.U.
PINSOLES 2016, S.L.U.
MAYCLIP 2017, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
Movimientos de capital de SELBAMAR, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
RENTEDU, S.L.U.
PINSOLES 2016, S.L.U.
MAYCLIP 2017, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS) (ampliaciones, reducciones o dividendos).
Ceses o nombramientos de SELBAMAR, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
RENTEDU, S.L.U.
PINSOLES 2016, S.L.U.
MAYCLIP 2017, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
Identificación de la sociedad con datos como el domicilio o la denominación social SELBAMAR, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
RENTEDU, S.L.U.
PINSOLES 2016, S.L.U.
MAYCLIP 2017, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
Actividad de SELBAMAR, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
RENTEDU, S.L.U.
PINSOLES 2016, S.L.U.
MAYCLIP 2017, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS), como el CNAE o el objeto social.
Depósitos de cuentas anuales que es el tipo de acto con más información económico-financiera SELBAMAR, S.L.
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RENTEDU, S.L.U.
PINSOLES 2016, S.L.U.
MAYCLIP 2017, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
y otros actos inscritos y Anuncios publicados en el Registro Mercantil Central sobre SELBAMAR, S.L.
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RENTEDU, S.L.U.
PINSOLES 2016, S.L.U.
MAYCLIP 2017, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
Sant Pere de Ribes, 20 de diciembre de 2016.- Los administradores mancomunados.
De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que la sociedad SELBAMAR, S.L., acordó con fecha 20 de diciembre de 2016 escindirse totalmente y transmitir en bloque todo su patrimonio a las sociedades RENTEDU, S.L.U., PINSOLES 2016, S.L.U. y MAYCLIP 2017, S.L.U., todas ellas en constitución, quienes se subrogarán en alícuotas partes iguales en todos los derechos y obligaciones inherentes a la sociedad escindida y disuelta. No procede el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, el informe de expertos independientes ni el balance de escisión, al amparo del artículo 78 bis de la Ley 3/2009 por ser las sociedades beneficiarias de nueva constitución y atribuirse el patrimonio de la sociedad escindida a los socios que la conforman de forma proporcional a los derechos que tenían en el capital de esta. Los socios, los acreedores y en su caso el comité de empresa tienen derecho de obtener el texto íntegro del acuerdo y del balance de escisión. Los acreedores tienen derecho a oponerse a la escisión mientras no se les garanticen sus créditos. Podrán ejercer este derecho mediante comunicación escrita a la sociedad, durante el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo.