PRINCIPADO, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) VIAJES CANORA, SOCIEDAD ANÓMINA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

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Asimismo, se aprobó por unanimidad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 3/2009, considerar balance de fusión, los balances de situación de cada sociedad participante, cerrados a 30 de septiembre de 2018. La efectividad contable de los acuerdos de fusión se considerará producida a partir del día 1 de enero …

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Universal Extraordinaria de Socios de PRINCIPADO, S.L., celebrada el 31 de octubre de 2018, aprobó el acuerdo de fusión por absorción por parte de PRINCIPADO, S.L., de la sociedad VIAJES CANORA, S.A. Unipersonal, que se disolverá sin proceso de liquidación y traspasará la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión, suscrito con fecha 15 de octubre de 2018, por los Órganos de Administración de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión, que fue debidamente depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas. La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1.4ª de la citada Ley 3/2009, al tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada por la sociedad absorbente. En consecuencia no resulta necesaria la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida.