LIDERCON, S.L.

Información, opiniones y publicaciones oficiales de LIDERCON, S.L.

En está página podras encontrar toda la información pública disponible sobre LIDERCON, S.L.

Encontrarás toda la información publicada sobre

  • Información sobre creación, disolución o liquidación de LIDERCON, S.L.
  • Movimientos de capital de LIDERCON, S.L. (ampliaciones, reducciones o dividendos).
  • Ceses o nombramientos de LIDERCON, S.L.
  • Identificación de la sociedad con datos como el domicilio o la denominación social LIDERCON, S.L.
  • Actividad de LIDERCON, S.L., como el CNAE o el objeto social.
  • Depósitos de cuentas anuales que es el tipo de acto con más información económico-financiera LIDERCON, S.L.
  • Balances de LIDERCON, S.L.
  • Convocatorias de Juntas de LIDERCON, S.L.
  • Fusiones y absorciones de LIDERCON, S.L.
  • Escisiónes de LIDERCON, S.L.
  • Declaraciones de insolvencia de LIDERCON, S.L.
  • Disoluciones de LIDERCON, S.L.
  • Cesiónes de LIDERCON, S.L.
  • Reactivación y transformación de LIDERCON, S.L.
  • Aumentos de capital de LIDERCON, S.L.
  • Reducciónes de capital de LIDERCON, S.L.
  • Pérdidas de certificación LIDERCON, S.L.
  • y otros actos inscritos y Anuncios publicados en el Registro Mercantil Central sobre LIDERCON, S.L.

LIDERCON, S.L.

Burgos, 3 de marzo de 2017.- Secretario del Consejo de Administración, Juan Cordeiro.

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 370 de la Ley de Sociedades de Capital, en adelante, LSC, y 242 del Reglamento del Registro Mercantil, se comunica que la Junta General Extraordinaria de socios de LIDERCON, S.L., celebrada el 28 de febrero de 2017, en el despacho de abogados GÓMEZ BARAHONA & CUÉLLAR, CP 09004, ha acordado con el voto favorable del 99,39 % del capital social la reactivación de la sociedad. Dicha reactivación se adopta por haber desaparecido la causa de disolución por la modificación del objeto social. Se informa que el patrimonio contable de la sociedad es superior a su capital social, y que no se ha iniciado el pago de la cuota de liquidación a ningún socio. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la reactivación en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la reactivación, en los términos establecidos en el artículo 370 de la LSC.