JUAN BORDÓN, S.A. (EN LIQUIDACIÓN)
Reactivar la sociedad, poniendo fin a su estado de liquidación, reanudando su normal actividad social y retomando la sociedad a la vida activa. Se hace constar que, de conformidad con el artículo 370 de la LSC, se han cumplido las condiciones necesarias para reactivar la sociedad, esto es, que la disolución se acordó en Junta …