ESMO, S.A.
A los efectos prevenidos en el artículo 334 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que no existe derecho de oposición por los acreedores frente a esta reducción de capital, al encontrarse sus créditos suficientemente garantizados. A los efectos de proceder a la devolución de aportaciones de los accionistas cuyas …