CANTABRIA BALONCESTO, S.A.D.
I.- Reducción de capital: Previa compensación de pérdidas con cargo a las reservas existentes, y de conformidad con el artículo 343 de la LSC, con la finalidad de compensar parcialmente las pérdidas, para reactivar la empresa y lograr finalmente restablecer el equilibrio patrimonial, se acordó reducir el capital social a cero mediante la amortización de …