BIT, S.A.U.
En virtud de lo establecido en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital, no hayan vencido en ese momento, y hasta que se les garanticen tales créditos, podrán …