REDUCCIÓN DE CAPITAL de PINK PLAY, S.A.

REDUCCIÓN DE CAPITAL de PINK PLAY, S.A. a fecha de 28 marzo, 2016

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedad de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la sociedad PINK PLAY, S.A., celebrada el pasado día uno de marzo de dos mil dieciséis, a la vista del Informe del Consejo de Administración, y de conformidad con lo previsto en el artículo 286 dela Ley de Sociedades de Capital, acordó reducir el capital social en 18.030,00euros, mediante la adopción, por mayoría del siguiente acuerdo de reducción de capital social que a continuación se transcribe:


Orden del día: 28 marzo, 2016

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedad de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la sociedad PINK PLAY, S.A., celebrada el pasado día uno de marzo de dos mil dieciséis, a la vista del Informe del Consejo de Administración, y de conformidad con lo previsto en el artículo 286 dela Ley de Sociedades de Capital, acordó reducir el capital social en 18.030,00euros, mediante la adopción, por mayoría del siguiente acuerdo de reducción de capital social que a continuación se transcribe:

"Reducir el capital social, en la suma de dieciocho mil treinta euros con cero céntimos (18.030,00 euros) mediante la amortización de las 600 acciones, a adquirirse por la sociedad en virtud de los acuerdos precedentes y que se encuentren en autocartera, concretamente las señaladas con los números 308 al 442 y números 1.629 al 2.093, todos ellos inclusive, de treinta euros con cinco céntimos (30,05 euros) de valor nominal cada una; quedando fijado el capital social tras la reducción en setenta y dos mil ciento veinte (72.120,00) euros, dividido en dos mil cuatrocientas (2.400) acciones, que serán renumeradas del 1 al 2.400, y de treinta euros con cinco céntimos (30,05 euros), de valor nominal cada una de ellas."

Por lo que se refiere al plazo de ejecución del acuerdo de reducción, dicha modificación tiene eficacia inmediata por la sola voluntad de la Junta General, sin perjuicio de los actos de formalización que competen al órgano de administración, dado que, conforme al artículo 335.b) de la Ley de Sociedades de Capital no existe derecho de oposición de los acreedores a la reducción.

De conformidad con lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, el acuerdo de reducción de capital se publicará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la página Web de la Sociedad.

A la vista de lo anterior, se acordó modificar el artículo 5.º "CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES" de los Estatutos Sociales.

Este anuncio se publica también en la página web corporativa de la sociedad.

Barcelona, 2 de marzo de 2016.- Roger Piñol Monclús, Secretario del Consejo de Administración de PINK PLAY, S.A.



Datos oficiales de la REDUCCIÓN DE CAPITAL

PINK PLAY, S.A.

"PINK PLAY, S.A." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2016-1530 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2016-1530
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20160328
Fecha última actualizacion: 28 marzo, 2016
Numero BORME 58
Seccion: 2
Departamento: REDUCCIÓN DE CAPITAL
Numero de anuncio: A160014064
ID del anuncio: A160014064
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 1795
Pagina final: 1795



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