FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de VALLE DEL ESTE HOTEL GOLF SPA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) VALLE DEL ESTE GOLF RESORT, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de VALLE DEL ESTE HOTEL GOLF SPA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) VALLE DEL ESTE GOLF RESORT, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 19 julio, 2017

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de fecha 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que, en fecha 30 de junio de 2017, se adoptó formalmente la decisión -por parte del socio único, la entidad "PANEMA INVERSIONES HOTELERAS, S.L.", de fusión por absorción de la entidad "VALLE DEL ESTE GOLF RESORT, S.L.U.", como sociedad absorbida y, la entidad "VALLE DEL ESTE HOTEL GOLF SPA S.L.U.", como sociedad absorbente, y ello con disolución sin liquidación de las sociedad absorbida y con transmisión universal de todos sus derechos y obligaciones a favor de la sociedad absorbente.


Orden del día: 19 julio, 2017

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de fecha 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que, en fecha 30 de junio de 2017, se adoptó formalmente la decisión -por parte del socio único, la entidad "PANEMA INVERSIONES HOTELERAS, S.L.", de fusión por absorción de la entidad "VALLE DEL ESTE GOLF RESORT, S.L.U.", como sociedad absorbida y, la entidad "VALLE DEL ESTE HOTEL GOLF SPA S.L.U.", como sociedad absorbente, y ello con disolución sin liquidación de las sociedad absorbida y con transmisión universal de todos sus derechos y obligaciones a favor de la sociedad absorbente.

Dichas entidades están participadas de forma idéntica por el mismo socio único por lo que se trata de una fusión entre sociedades gemelas y, en consecuencia, por remisión expresa del art. 52.1 de la LME, tiene el carácter de especial de una fusión por absorción de una sociedad íntegramente participada contemplado en el art. 49 de la LME.

Habiéndose adoptado el acuerdo de fusión por absorción de forma unánime -decisión de socio único-, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el mismo puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin en el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes de la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, así como el balance de fusión y el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión referida en los términos legalmente establecidos.

Almería, 10 de julio de 2017.- El Administrador único de "Valle del Este Hotel Golf Spa, S.L.U.", Pedro Lope Sola.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

VALLE DEL ESTE HOTEL GOLF SPA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) VALLE DEL ESTE GOLF RESORT, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"VALLE DEL ESTE HOTEL GOLF SPA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) VALLE DEL ESTE GOLF RESORT, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2017-6765 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2017-6765
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20170719
Fecha última actualizacion: 19 julio, 2017
Numero BORME 136
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A170054425
ID del anuncio: A170054425
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 7865
Pagina final: 7865



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