FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de TÉCNICA UNIVERSAL SOLAR, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) FINANCIACIÓN SOLAR I, S.L.U. FV SOLAR MARCHAL-18, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de TÉCNICA UNIVERSAL SOLAR, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) FINANCIACIÓN SOLAR I, S.L.U. FV SOLAR MARCHAL-18, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS) a fecha de 21 marzo, 2022

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que el accionista único de la sociedad TÉCNICA UNIVERSAL SOLAR, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente") aprobó el día 16 de marzo de 2022 su fusión, mediante la absorción de las sociedades FINANCIACIÓN SOLAR I, S.L.U. y FV SOLAR MARCHAL-18, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas") por parte de la Sociedad Absorbente con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente.


Orden del día: 21 marzo, 2022

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que el accionista único de la sociedad TÉCNICA UNIVERSAL SOLAR, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente") aprobó el día 16 de marzo de 2022 su fusión, mediante la absorción de las sociedades FINANCIACIÓN SOLAR I, S.L.U. y FV SOLAR MARCHAL-18, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas") por parte de la Sociedad Absorbente con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente.

En la medida en que las Sociedades Absorbidas están íntegramente participadas de forma directa e indirecta por la Sociedad Absorbente, y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por el accionista único de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49.1 de la LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 16 de marzo de 2022.- Los Administradores Solidarios de la Sociedad Absorbente, D. Manuel Espinosa Balaca y Q-Energy Nota, S.L. debidamente representada por su representante persona física, D. Daniel Parejo del Río.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

TÉCNICA UNIVERSAL SOLAR, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) FINANCIACIÓN SOLAR I, S.L.U. FV SOLAR MARCHAL-18, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

"TÉCNICA UNIVERSAL SOLAR, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) FINANCIACIÓN SOLAR I, S.L.U. FV SOLAR MARCHAL-18, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2022-1028 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2022-1028