FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de SUCESORES DE M. DÍAZ ÍÑIGUEZ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CASEBANA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de SUCESORES DE M. DÍAZ ÍÑIGUEZ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CASEBANA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 31 enero, 2020

Anuncio de acuerdo de fusión inversa por absorción.


Orden del día: 31 enero, 2020

Anuncio de acuerdo de fusión inversa por absorción.

De conformidad con lo dispuesto al el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el día 27 de enero de 2020, CASEBANA, S.L., socio único de SUCESORES DE M. DÍAZ ÍÑIGUEZ, S.L., y la Junta General Universal de la mercantil CASEBANA, S.L.. han decidido, cada uno de ellos, aprobar por unanimidad la fusión inversa por absorción de CASEBANA, S.L. (sociedad absorbida), por parte de SUCESORES DE M. DÍAZ ÍÑIGUEZ,S.L. (sociedad absorbente), de conformidad con el Proyecto Común de Fusión inversa redactado y firmado por el administrador de ambas sociedades con fecha 3 de diciembre de 2019. La fusión supone la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.

La fusión inversa se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el art. 42 de la LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquél.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión inversa por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el art. 49 por remisión del artículo 52.1 de la LME.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos del art. 44 de la LME.

Málaga, 29 de enero de 2020.- El Administrador único de Sucesores de M. Díaz Íñiguez, S.L. (sociedad absorbente), y de Casebana, S.L. (sociedad absorbida), Isabel Salas Hevilla.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

SUCESORES DE M. DÍAZ ÍÑIGUEZ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CASEBANA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"SUCESORES DE M. DÍAZ ÍÑIGUEZ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CASEBANA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2020-372 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2020-372
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20200131
Fecha última actualizacion: 2 febrero, 2020
Numero BORME 21
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A200005368
ID del anuncio: A200005368
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 411
Pagina final: 411



Noticias, anuncios y avisos legales que te pueden interesar



Otras empresas que te pueden interesar

Publicacion oficial SUCESORES DE M. DÍAZ ÍÑIGUEZ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CASEBANA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA) 21 BORME-C-2020-372

aquí



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *