FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de RAYMO 2016, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SONIMER 2013, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de RAYMO 2016, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SONIMER 2013, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 14 abril, 2020

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General celebrada con el carácter de extraordinaria y universal de RAYMO 2016, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbente), celebrada el día 17 de febrero de 2020, aprobó la fusión por absorción de SONIMER 2013, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbida), por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 17 de enero de 2020, depositado en el Registro Mercantil de Ciudad Real con fecha 20 de febrero de 2020, BORME n.º 42, del lunes 2 de marzo de 2020, página 10.283.


Orden del día: 14 abril, 2020

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General celebrada con el carácter de extraordinaria y universal de RAYMO 2016, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbente), celebrada el día 17 de febrero de 2020, aprobó la fusión por absorción de SONIMER 2013, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbida), por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 17 de enero de 2020, depositado en el Registro Mercantil de Ciudad Real con fecha 20 de febrero de 2020, BORME n.º 42, del lunes 2 de marzo de 2020, página 10.283.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conlleva la extinción de ésta.

Dado que la Sociedad Absorbente es titular, de forma directa, de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente aprobada por la junta general de la Sociedad Absorbente, sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 49.1.4 LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste:

a). A los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades integrantes de la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

b). A los acreedores de las sociedades a fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el art. 44 LME.

Valdepeñas, 2 de abril de 2020.- El Administrador único, Moisés Argudo García.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

RAYMO 2016, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SONIMER 2013, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"RAYMO 2016, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SONIMER 2013, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2020-1295 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2020-1295
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20200414
Fecha última actualizacion: 14 abril, 2020
Numero BORME 71
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A200016098
ID del anuncio: A200016098
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 1612
Pagina final: 1612



Noticias, anuncios y avisos legales que te pueden interesar