FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) INVERVALOR 2015, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) INVERVALOR 2015, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 12 enero, 2021

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace constar que por Junta General y Universal de "PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA", celebrada el día 15 de diciembre de 2020, se aprobó por decisión unánime de los socios de "PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA", la fusión por absorción de "INVERVALOR 2015, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL", por la sociedad "PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA".


Orden del día: 12 enero, 2021

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace constar que por Junta General y Universal de "PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA", celebrada el día 15 de diciembre de 2020, se aprobó por decisión unánime de los socios de "PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA", la fusión por absorción de "INVERVALOR 2015, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL", por la sociedad "PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA".

En la medida en que las sociedades participantes en la fusión no son sociedades anónimas ni comanditarias por acciones y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta de socios con la asistencia de todos ellos y por unanimidad, no son aplicables las normas generales que sobre el proyecto y el balance de fusión se establecen en las secciones segunda y tercera del capítulo 1 de la mencionada Ley 3/2009, de 3 de abril, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la misma.

Asimismo, se hace constar que la fusión ha sido aprobada por unanimidad tanto por la Junta de Socios de la sociedad absorbente como de la sociedad absorbida.

Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la mencionada Ley, el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y de los balances de fusión aprobados y a oponerse a la fusión, en los términos del artículo 44 de la citada Ley, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley.

Barcelona, 30 de diciembre de 2020.- Los Administradores mancomunados de "Privalore Inmuebles, Sociedad Limitada", Jorge Marques Coma y Román Camps Margineda.- El Administrador único de "Invervalor 2015, Sociedad Limitada Unipersonal", Jorge Marques Coma.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) INVERVALOR 2015, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"PRIVALORE INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) INVERVALOR 2015, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2021-101 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2021-101
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20210112
Fecha última actualizacion: 12 enero, 2021
Numero BORME 6
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A210000567
ID del anuncio: A210000567
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 114
Pagina final: 114



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