FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de NAKATONE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TAKAYAMA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de NAKATONE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TAKAYAMA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 24 noviembre, 2020

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que, los socios de la sociedad absorbida, y, los socios de la sociedad absorbente, aprobaron por unanimidad, en Junta General Extraordinaria Universal celebrada el día 16 de noviembre de 2020, la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de la sociedad TAKAYAMA, S.L., por parte de la sociedad NAKATONE, S.L., y, en consecuencia, la disolución sin liquidación de la primera, así como la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad NAKATONE, S.L., en los términos previstos en el Acta de la Junta General Extraordinaria y Universal, aprobada por unanimidad de los socios y firmada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la mencionada Ley. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las dos sociedades a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio, asiste a los acreedores de cada una de las dos sociedades, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009. Por último, se hace constar que, en el mencionado acuerdo de fusión, se acordó que, a efectos contables, fiscales y económicos, las operaciones de la sociedad absorbida, se consideraran realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, desde el 1 de enero de 2020


Orden del día: 24 noviembre, 2020

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que, los socios de la sociedad absorbida, y, los socios de la sociedad absorbente, aprobaron por unanimidad, en Junta General Extraordinaria Universal celebrada el día 16 de noviembre de 2020, la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de la sociedad TAKAYAMA, S.L., por parte de la sociedad NAKATONE, S.L., y, en consecuencia, la disolución sin liquidación de la primera, así como la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad NAKATONE, S.L., en los términos previstos en el Acta de la Junta General Extraordinaria y Universal, aprobada por unanimidad de los socios y firmada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la mencionada Ley. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las dos sociedades a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio, asiste a los acreedores de cada una de las dos sociedades, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009. Por último, se hace constar que, en el mencionado acuerdo de fusión, se acordó que, a efectos contables, fiscales y económicos, las operaciones de la sociedad absorbida, se consideraran realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, desde el 1 de enero de 2020

Barcelona, 19 de noviembre de 2020.- La Administradora única, Inés Bartrina Rossell.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

NAKATONE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TAKAYAMA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"NAKATONE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TAKAYAMA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2020-7312 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2020-7312
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20201124
Fecha última actualizacion: 24 noviembre, 2020
Numero BORME 226
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A200058018
ID del anuncio: A200058018
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 8868
Pagina final: 8868



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De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que, los socios de la sociedad absorbida, y, los socios de la sociedad absorbente, aprobaron por unanimidad, en Junta General Extraordinaria Universal celebrada el día 16 de noviembre de 2020, la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de la sociedad TAKAYAMA, S.L., por parte de la sociedad NAKATONE, S.L., y, en consecuencia, la disolución sin liquidación de la primera, así como la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad NAKATONE, S.L., en los términos previstos en el Acta de la Junta General Extraordinaria y Universal, aprobada por unanimidad de los socios y firmada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la mencionada Ley. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las dos sociedades a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio, asiste a los acreedores de cada una de las dos sociedades, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009. Por último, se hace constar que, en el mencionado acuerdo de fusión, se acordó que, a efectos contables, fiscales y económicos, las operaciones de la sociedad absorbida, se consideraran realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, desde el 1 de enero de 2020


Orden del día: 24 noviembre, 2020

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que, los socios de la sociedad absorbida, y, los socios de la sociedad absorbente, aprobaron por unanimidad, en Junta General Extraordinaria Universal celebrada el día 16 de noviembre de 2020, la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de la sociedad TAKAYAMA, S.L., por parte de la sociedad NAKATONE, S.L., y, en consecuencia, la disolución sin liquidación de la primera, así como la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad NAKATONE, S.L., en los términos previstos en el Acta de la Junta General Extraordinaria y Universal, aprobada por unanimidad de los socios y firmada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la mencionada Ley. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las dos sociedades a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio, asiste a los acreedores de cada una de las dos sociedades, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009. Por último, se hace constar que, en el mencionado acuerdo de fusión, se acordó que, a efectos contables, fiscales y económicos, las operaciones de la sociedad absorbida, se consideraran realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, desde el 1 de enero de 2020

Barcelona, 19 de noviembre de 2020.- La Administradora única, Inés Bartrina Rossell.



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Fecha Pub: 20201124
Fecha última actualizacion: 24 noviembre, 2020
Numero BORME 226
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Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
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