FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de MARGALAR 98, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) VILAOLIDEN EMPORDÀ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de MARGALAR 98, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) VILAOLIDEN EMPORDÀ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 27 julio, 2022

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales, se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las sociedades MARGALAR 98, S.L. y VILAOLIDEN EMPORDA, S.L. celebradas ambas el pasado 15 de julio de 2022, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de VILAOLIDEN EMPORDA, S.L. por parte de MARGALAR 98, S.L. a través de la disolución sin liquidación de VILAOLIDEN EMPORDA, S.L. y absorción en bloque de su patrimonio social por parte de MARGALAR 98, S.L. la cual adquiere por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio absorbido, en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Fusión por absorción suscrito por los administradores de ambas entidades, MARGALAR 98, S.L. y VILAOLIDEN EMPORDA, S.L.


Orden del día: 27 julio, 2022

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales, se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las sociedades MARGALAR 98, S.L. y VILAOLIDEN EMPORDA, S.L. celebradas ambas el pasado 15 de julio de 2022, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de VILAOLIDEN EMPORDA, S.L. por parte de MARGALAR 98, S.L. a través de la disolución sin liquidación de VILAOLIDEN EMPORDA, S.L. y absorción en bloque de su patrimonio social por parte de MARGALAR 98, S.L. la cual adquiere por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio absorbido, en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Fusión por absorción suscrito por los administradores de ambas entidades, MARGALAR 98, S.L. y VILAOLIDEN EMPORDA, S.L.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que intervienen en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión. Los acreedores de cualquiera de las dos sociedades podrán oponerse a la fusión de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo que aprueba la fusión.

Figueres, 20 de julio de 2022.- Administrador único, Narcis Vila Forment.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

MARGALAR 98, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) VILAOLIDEN EMPORDÀ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"MARGALAR 98, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) VILAOLIDEN EMPORDÀ, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2022-5263 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2022-5263
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20220727
Fecha última actualizacion: 27 julio, 2022
Numero BORME 142
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A220030634
ID del anuncio: A220030634
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 6363
Pagina final: 6363



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