FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de LA SERNA 3, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INMOBILIARIA ANAROS, S.L. (SOCIEDAD ADSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de LA SERNA 3, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INMOBILIARIA ANAROS, S.L. (SOCIEDAD ADSORBIDA) a fecha de 9 diciembre, 2022

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de los socios de las mercantiles INMOBILIARIA ANAROS S.L. y LA SERNA 3 S.L, en sesiones celebradas el 1 de diciembre de 2022, aprobaron por unanimidad la fusión de ambas Sociedades mediante la absorción por LA SERNA 3 S.L., de INMOBILIARIA ANAROS S.L., con la consiguiente disolución y liquidación de la Sociedad ab sorbida y la atribución de su patrimonio íntegro a título universal a la Sociedad absorbente, en los términos y condiciones contenidos en el proyecto de Fusión suscrito por los Administradores de las citadas Sociedades el 1 de diciembre de 2022.


Orden del día: 9 diciembre, 2022

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de los socios de las mercantiles INMOBILIARIA ANAROS S.L. y LA SERNA 3 S.L, en sesiones celebradas el 1 de diciembre de 2022, aprobaron por unanimidad la fusión de ambas Sociedades mediante la absorción por LA SERNA 3 S.L., de INMOBILIARIA ANAROS S.L., con la consiguiente disolución y liquidación de la Sociedad ab sorbida y la atribución de su patrimonio íntegro a título universal a la Sociedad absorbente, en los términos y condiciones contenidos en el proyecto de Fusión suscrito por los Administradores de las citadas Sociedades el 1 de diciembre de 2022.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas Sociedades por decisión unánime de todos los socios en Juntas generales universales de las Sociedades participantes en la fusión, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las Sociedades, en el plazo de un mes, a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Salamanca, 1 de diciembre de 2022.- Administrador Único de Inmobiliaria Anaros,S.L. y La Serna 3,S.L, Agustín Trapero Gómez.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

LA SERNA 3, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INMOBILIARIA ANAROS, S.L. (SOCIEDAD ADSORBIDA)

"LA SERNA 3, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INMOBILIARIA ANAROS, S.L. (SOCIEDAD ADSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2022-7960 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2022-7960
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20221209
Fecha última actualizacion: 11 diciembre, 2022
Numero BORME 233
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A220049323
ID del anuncio: A220049323
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 9485
Pagina final: 9485



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